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Aprobado el Decreto de disciplina turística en la Comunitat: se aclara la competencia para sancionar

31/01/2020 - 

VALÈNCIA.El Consell ha aprobado el Decreto de disciplina turística en la Comunitat. Este decreto viene a cumplir el mandato de desarrollo reglamentario contenido en la Ley 15/2018, de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat Valenciana (LTOH), sobre a la disciplina turística, la inspección y la potestad sancionadora. 

En concreto, este decreto tiene por objeto determinar los órganos con competencia en materia sancionadora previstos en la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad; las especificaciones o graduaciones de las infracciones o sanciones en ella establecidas; la formalización de las actas de inspección, y la planificación de la inspección turística en la Comunitat Valenciana. 

De este modo, contempla el régimen dirigido a salvaguardar una adecuada ordenación del sector que contribuya a desterrar el intrusismo y las actividades fraudulentas. 

Asimismo, aborda las singularidades del procedimiento sancionador aplicable al sector turístico y los órganos competentes para la imposición de las sanciones. 

Plan de inspección

El decreto, además, cumple con el mandato contenido en la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat Valenciana de garantizar una adecuada planificación inspectora mediante la elaboración anual de un Plan General de Inspección. 

En este plan anual se deben establecer los objetivos de la actuación inspectora, los establecimientos objeto de inspección y su ámbito geográfico y temporal, teniendo en cuenta la correcta y suficiente relación entre el número de inspectores e inspectoras y las zonas objeto de actuación. 

El decreto presta, también, especial atención al contenido y formalización de las actas elaboradas en ejercicio de funciones inspectoras y contiene criterios para la más precisa determinación de las sanciones a imponer por la comisión de infracciones a la normativa turística. 

El Plan General de Inspección, que se elaborará con periodicidad anual, tendrá en cuenta los principios del Código Ético del Turismo Valenciano; los compromisos de actuación contenidos en la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad y las aportaciones de los agentes del sector, para lo que se habilitará un cauce de comunicación digital donde realizar las propuestas a incluir en el Plan. 

Cabe resaltar que el Plan General de Inspección contendrá dos partes, una general, que se aprobará al comienzo de cada año, donde se recogerán las actuaciones que, con carácter ordinario y regular, deban ser llevadas a cabo por la inspección turística en el marco de sus funciones, y otra parte que contendrá planes especiales que se aprobarán como consecuencia de la detección de una especial necesidad que requiera una actuación concreta en determinado sector turístico, ámbito geográfico o temporal.

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