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Anticorrupción no recurrirá la absolución de los 34 acusados del caso Bankia

6/10/2020 - 

MADRID (EFE). La Fiscalía Anticorrupción ha decidido no recurrir la sentencia, dictada la pasada semana, donde la Audiencia Nacional absolvió a los 34 acusados por la salida a Bolsa de Bankia, entre ellos su expresidente, Rodrigo Rato, y el exvicepresidente José Luis Olivas, tras no ver delito en la operación.

Según ha avanzado este martes el diario ABC y han confirmado a Efe fuentes jurídicas, Anticorrupción ha optado por acatar el veredicto de la sección cuarta de la sala de lo Penal, que en su fallo reprochaba a esta fiscalía especializada la falta de "precisión" en su acusación.

Para el tribunal que preside la juez Ángela Murillo, la salida a Bolsa fue una operación seguida de cerca organismos tales como el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Además, el folleto que se entregó a los inversores "contenía una amplia y certera" información, y añadía que en el momento del debut bursátil, en julio de 2011, "no está acreditado, ni con mucho, que Bankia fuera inviable, pues si así hubiera sido el Banco de España se hubiera opuesto a la misma, entre otras razones".

En este sentido, apuntaba, el organismo a través de su Servicio de Inspección, "supervisó y aprobó todos los pasos seguidos", realizando un análisis pormenorizado de la operación, todo lo cual" no ha sido desmentido en momento alguno por las acusaciones", que pretendieron "ignorarla en un baldío intento de desentenderse de tan contundentes datos".

Dentro de los reproches destacaron los dirigidos a Anticorrupción, que en la recta final del juicio amplió la acusación al añadir un presunto delito de falsedad contable al de estafa a los inversores.

Ello supuso endurecer las penas solicitadas, entre otros, para Rato, para el que pasó a reclamar ocho años y medio de cárcel como principal autor de ambos delitos, y su exvicepresidente, José Luis Olivas, para quien pidió cinco años de prisión, e incluir en la lista a los entonces miembros de las comisiones de auditoría del grupo BFA-Bankia, contra los que no se dirigía inicialmente.

En opinión de los magistrados, este cambio de criterio de la fiscal Carmen Launa -que se incorporó al proceso en pleno juicio, tras el ascenso a la jefatura de esta fiscalía especializada de Alejandro Luzón- fue "radical" y no se fundamentó "en actividad probatoria alguna practicada en el plenario, complementaria o distinta de la llevada a efecto en el transcurso de los cinco años que duró la instrucción de la causa".

La decisión del Ministerio Público se basó pues en "extremos" que "llaman poderosamente la atención", sostiene la sala, que afea que Anticorrupción pusiera el foco en la "inadecuada gestión precedente" de dos de las cajas integradas, Caja Madrid y Bancaja, cuando se trataban de hechos al margen de la investigación.

Sin embargo, concluyeron los jueces, para "sostener con posibilidades de éxito semejante acusación", debería haber acusado a los responsables de las siete cajas en fase de instrucción y, consecuentemente, haber propuesto una pericia de las entidades.

PENDIENTES DEL RECURSO DE OTRAS ACUSACIONES

Al margen de Anticorrupción, la sentencia aún puede ser recurrida por alguna de las acusaciones, particulares y populares, personadas en el juicio.

Tal es el caso de la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec), que ya anunció que interpondrá recurso de casación ante el Tribunal Supremo al estar "disconforme" con la valoración de la prueba, y con lo que implica asumir que las cuentas que se usaron para salir a Bolsa estuvieran "bendecidas" por los reguladores.

Aún está por ver qué decide el resto, entre ellas la acusación particular que ejerce la asociación de consumidores Adicae, que tras conocer la sentencia no descartó recurrir la absolución aunque permanecerían atentos "a ver qué hace Fiscalía". 

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