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Agricultura levanta la prohibición de quemas en zona forestal y pone normas para su realización

31/01/2018 - 

VALÈNCIA (EP). La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha resuelto levantar la prohibición de quemas en terrenos forestales o a una distancia máxima de 500 metros, establecida el pasado 6 de enero.

Según ha informado la Generalitat en un comunicado, "pese a que las condiciones de humedad de la vegetación no han vuelto a la normalidad para esta época de año, las precipitaciones acumuladas durante los últimos días y un cierto descenso en los valores térmicos ha conducido a la adopción de esta medida".

En una resolución publicada este miércoles en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOGV), se deja sin efecto la resolución de 5 de enero de 2018, de la directora general de Prevención de Incendios Forestales, sobre modificación del período de quemas para enero 2018, y se establecen cuatro condiciones.

En este sentido, solo se podrán realizar las quemas cuando el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales sea 1. Esta limitación es de aplicación general, tanto a aquellos municipios que dispongan de un plan local de quemas aprobado, como para aquellos que no dispongan.

De igual modo, las quemas deberán practicarse entre la salida del sol y las 13.30 horas, conforme la Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, sobre reducción de los horarios aptos para la realización de quemas, momento en el cual el fuego debe estar totalmente extinguido.

Además, está prohibida la ejecución de quemas en el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente después del Lunes de Pascua, conocido como Lunes de San Vicente, conforme lo dispuesto en la Orden de 2 de marzo de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se regulan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales durante el periodo de Semana Santa y Pascua.

El resto de condiciones para la realización de las quemas se mantienen según lo establecido tanto en la normativa vigente como en los planes locales de quemas.

Con carácter extraordinario, y únicamente por razones fitosanitarias, de investigación u otros motivos "de urgencia debidamente justificados que no permitan su aplazamiento", se podrán autorizar quemas durante el periodo anterior, siempre que exista resolución en ese sentido de la dirección general competente, que fijará las condiciones concretas de aplicación.

Prácticas alternativas

Asimismo, la conselleria continúa trabajando en la difusión de las prácticas alternativas al uso del fuego agrario, y en breve se publicará una orden de ayudas para proyectos de cooperación entre ayuntamientos, cooperativas u otros actores que organicen en su ámbito territorial sistemas alternativos a la quema de restos. Estos proyectos pueden ir orientados a la trituración e incorporación al suelo de los restos o a la recogida y entrada en un circuito de aprovechamiento energético local como biomasa.

Según la Generalitat, ya existen municipios forestales pioneros en estos sistemas, que han apostado por la prevención de incendios forestales y la economía circular frente al uso del fuego como herrramienta tradicional de eliminar restos. Además de Serra (Valencia), se están sumando otras iniciativas como la que recientemente se ha puesto en marcha en Ontinyent, que ha establecido un servicio municipal de trituración para los agricultores.

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