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estima el recurso de las empresas constructoras 

El Supremo condena al Consell a pagar 14 millones en sobrecostes de la obra de la Avenida de Dénia de Alicante

9/02/2018 - 

ALICANTE. La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha condenado a la Generalitat Valenciana a abonar 14,6 millones de euros a UTE Dragados S.A., Rover Alcisa, S.A. y Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, en concepto de daños y perjuicios por sobrecostes en el contrato "Obras de construcción del Acceso Norte a Alicante Avenida de Denia”, ya que se derivaron de causas imputables a la Administración demandada. El Supremo ha estimado el recurso de las empresas y ha revocado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad valenciana que, el 20 de mayo de 2015, desestimó sus pretensiones.

La contratación de las obras a las sociedades se le adjudicó el día 8 de junio de 2006, siendo fijado el precio final por resolución de 23 de junio del mismo año por la suma de 33.882.380,30 -incluido IVA-.

La reclamación de 14,6 millones de euros por daños y perjuicios se debía a las ampliaciones de plazo y los modificados contractuales, que el Supremo comparte con las empresas que “tienen como motivo directo y determinante el comportamiento de la administración pues desde el primer momento, como consta en el acta de replanteo de 10 de noviembre de 2006, incumplió con sus obligaciones contractuales con especial incidencia en la ejecución de las obras por el contratista ya que era imposible el inicio de las obras por la falta de disponibilidad de los terrenos y por la discrepancia entre planos y presupuesto en unidades de obra”.

“Esta misma conclusión –añade el Supremo-- se extrae del informe de 22 de abril de 2010 de la Jefa de Servicio de Contratación y Expropiaciones de la Consellería de Infraestructuras y Transportes, a solicitud de la demandante, sobre las causas del modificado nº 2 del Proyecto que han venido motivadas por cambio de desvío de tráfico impuesto por el Ayuntamiento de Alicante, por la inclusión de una gran fuente ornamental y la ejecución de reposiciones de vallados y cerramientos no incluidos en el proyecto principal”.


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