rechaza la prescripción porque se fijó en sentencia

El juez condena a Nou Temple a pagar los atrasos a la administración concursal: 825.000 euros

29/11/2017 - 

ALICANTE. El titular del juzgado de lo Mercantil número 1 de València, que instruyó el concurso de la promotora Nou Temple, ha condenado a la sociedad que dirige Vicente Flames a pagar los atrasos denunciados por los tres administradores concursales: un total de 825.000 euros (275.000 euros a cada uno). Según la sentencia a la que ha tenido acceso Alicante Plaza, la reclamación de la administración concursal, admitida por el juez, se fundamenta en unos honorarios que se devengaron y que la promotora no ha podido acreditar que pagase.

Como ha contado este diario, los administradores concursales denunciaron el impago de sus honorarios en la fase de convenio (el tiempo transcurrido entre la propuesta de convenio y su aprobación por parte de la junta de acreedores) en las tres mercantiles concursadas que formaban el grupo Nou Temple: Grupo Temple Obras, Proyectos y Desarrollos Urbanísticos S.L.U.; Promociones Nou Temple S.L.U.; y Temple Servicios Inmobiliarios S.L.U. La demanda llegaba después de que un grupo de pequeños acreedores de la provincia de Alicante denunciase el incumplimiento del convenio aprobado en 2010, y cuya vigencia está a punto de expirar sin que, según sus denuncias, la promotora esté haciendo frente a los compromisos adquiridos.

Al contrario que estos acreedores, que piden una vista de incumplimiento que podría llevar a Nou Temple a liquidación, los administradores solo tenían una pretensión económica, que el juez ha encontrado válida, según el fallo. El magistrado rechaza la argumentación de la sociedad de que la reclamación había prescrito (porque los honorarios quedaron fijados por sentencia firme, y por tanto el plazo era de quince años y no de tres), y al mismo tiempo avala la cantidad exigida por los administradores porque "no viene a pretenderse en ningún caso un devengo extravagante, toda vez que se data el dies ad quem en la fecha de las sentencias aprobatorias de convenio".

De esta forma, las mercantiles de Flames deben afrontar el pago, a cada uno de los tres administradores, de 175.239,41 euros en el caso de Promociones Nou Temple; 78.041,34 euros en el de Temple Servicios Inmobiliarios; y de 21.412,23 euros para Grupo Temple Obras, Proyectos y Desarrollos Urbanísticos. Es decir, 274.692,98 euros a cada administrador, lo que hace un total de 824.078,94 euros. Está por ver si la promotora, que según los acreedores no ha cumplido con el calendario de pagos ni ha retomado las promociones que quedaron paralizadas por la crisis (en su momento, Nou Temple indicó al juez que negociaba su venta a un fondo), puede afrontar el pago establecido en la sentencia. En todo caso, aún puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia.

Las otras tres vistas que estaban previstas para el pasado martes 21 de noviembre (una para cada una de las mercantiles concursadas), en las que debían resolverse las solicitudes de incumplimiento del convenio presentadas por los acreedores alicantinos, se aplazaron a petición de Flames, que alegó un viaje de negocios previo a París, por lo que no podía asistir en representación de la empresa tal como solicitaban las otras partes. 

En paralelo, como ha contado este diario, las denuncias de los acreedores y de algunos compradores de viviendas (que también son acreedores de la promotora, en virtud de un fallo del Supremo) han llegado al plano penal en dos vías: por un lado, Instrucción 11 ve indicios de apropiación indebida en la denuncia de un particular que no pudo recuperar las cantidades entregadas a cuenta por una vivienda inacabada. Por otro, Instrucción 12 tramita una denuncia de los acreedores de la Marina Alta sobre la presunta despatrimonialización de la promotora mientras incumple el convenio.

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