ALICANTE. Giro municipal para la música en la calle en Alicante. Cualquier actuación que un restaurante, un local de ocio, un colectivo social o un particular pretenda organizar en la vía pública deberá pasar necesariamente la criba de la Concejalía de Cultura. Los técnicos del servicio municipal de ese departamento tendrán que emitir un informe sobre la idoneidad de cada actuación que se solicite llevar a cabo y las conclusiones de ese dictamen serán vinculantes. Es decir, no se concederán autorizaciones si Cultura llega a la conclusión de que el espectáculo propuesto no reúne un mínimo de calidad. Esa es una de las principales incorporaciones a la Ordenanza Reguladora de Actividades Temporales con Finalidad Diversa en la Vía Pública que se aprobó introducir en la Junta de Gobierno este martes.
En concreto, el nuevo texto revisado -en el que se añaden otras novedades aprobadas en normas de rango superior- amplía su artículo 24.4 con el siguiente párrafo literal: "A efectos de garantizar una mínima cualificación de los interesados, cuando la autorización se refiera a actividades musicales de ejecución periódica, se solicitará de manera preceptiva, como trámite previo previsto en el artículo 30, informe al Servicio municpal de Cultura, relativo a la idoneidad de los intérpretes para actuar en la vía pública, pudiendo, asimismo, pronunciarse en relación a los estilos musicales adecuados para cada zona de la ciudad. El sentido de dicho informe tendrá carácter vinculante en la tramitación del expediente". O lo que es lo mismo, que Cultura se reserva incluso la posibilidad de establecer qué clase de música es la que debe interpretarse en cada calle.
En realidad, el control sobre las actuaciones musicales en la calle viene siendo una práctica más o menos consolidada en el Ayuntamiento de Alicante desde que lo planteó el PP hace más de seis años. El objetivo era y es velar por una mínima calidad con el propósito de que los espectáculos no pudiesen acabar deteriorando la imagen turística de la ciudad. Ahora, la novedad reside en que se plasme por escrito ese requisito y en que el examen de Cultura sea obligatorio y de obligado cumplimiento.