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el supremo inadmite los recursos y valida el FALLO DEL TSJ

Benidorm tendrá que pagar casi 7 millones de euros a Enrique Ortiz por una expropiación

17/11/2017 - 

BENIDORM (EFE). La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado los dos recursos de casación interpuestos contra el precio del suelo de la partida El Moralet, una de las pocas zonas  urbanizables que tiene actualmente el término municipal de Benidorm. De esta manera, se ratifica el fallo inicial del TSJ, que fijó el 5,9 millones en valor del suelo. A ello se suma los intereses de demora; es decir, casi siete millones.

Ambos recursos fueron presentados por el Ayuntamiento de Benidorm y la mercantil Incobe, propietaria de los terrenos y participada por el empresario alicantino Enrique Ortiz, por no estar de acuerdo con el valor que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) había otorgado a dicho suelo.

En el fallo, al que ha tenido acceso Efe, se indica que "no ha lugar a los recursos de casación" de ambas partes contra la sentencia de febrero de 2016 que dictó el TSJCV. Aquella sentencia daba por bueno el valor del suelo que había fijado con anterioridad el Jurado Provincial de Expropiación, que lo estableció en 5.963.131 euros. Tanto la mercantil Incobe como el Ayuntamiento recurrieron por considerarlo injusto. La empresa reclamaba 54 millones de euros, mientras que el Consistorio quiso hacer valer una tasación propia que fijaba el valor del suelo en poco más de 99.000 euros.

El caso deriva de la obligación por parte del Ayuntamiento de expropiar esos terrenos, que ocupan una superficie de 332.894 metros cuadrados, y de la diferencia de valoración por cada una de las partes a la hora de establecer un justiprecio. Mientras la propiedad del suelo reclamaba 54 millones al considerar el suelo como urbano o urbanizable, el Ayuntamiento lo valoró en esos 99.000 euros, por entender que el suelo era rural.

Finalmente, el Supremo atiende el razonamiento del TSJCV, que consideró el suelo como no urbanizable cuando fijó su valor en 5,9 millones, y rechaza los cinco motivos esgrimidos por la empresa y los tres motivos en los que se fundamentaba el recurso municipal. El fallo, que tiene fecha del 2 de noviembre, no puede ser recurrido ante ninguna otra instancia.

Tras conocer la sentencia, la concejal de Hacienda, Lourdes Caselles, ha considerado que "habrá que exigir responsabilidades políticas a Gema Amor y su grupo político, que valoró el suelo en 73.000 euros en contra del informe municipal y por no haber consignado en su día más de un millón de euros, que es lo que nos va a costar ahora en intereses, además de los 5,9 millones". Caselles ha precisado que ese dinero "deberá detraerse de las arcas municipales, en perjuicio de otras inversiones

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