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la modificación se llevará al pleno de febrero

San Vicente adaptará la Ordenanza de Circulación a los patinetes: no circular por parques y sin seguro

  • Imagen de archivo

SAN VICENTE DEL RASPEIG. El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig llevará previsiblemente al pleno de febrero la propuesta de modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación (BOP 16/12/2010), para adaptarse al Real Decreto 6/2015, de 30 de diciembre, que incluye la nueva regulación de Vehículos de Movilidad Personal VMP, las medidas de seguridad en adelantamientos a ciclistas, la adecuación de velocidades máximas en la vías del municipio – 50, 30 y 20 km/h –, la señalización de eventos para retirada de vehículos, así como la modificación del reglamento de vados y la actualización de sanciones, por citar algunas de ellas.

El concejal de Seguridad Ciudadana, Policía Local y Tráfico, José Manuel Ferrandiz, asegura que con esta modificación "hemos adaptado la ordenanza municipal a la legislación nacional y autonómica y, también, a los criterios de seguridad de los peatones y sostenibilidad del tráfico rodado en la ciudad. Tenemos que tener en cuenta los nuevos vehículos y las nuevas directrices medioambientales, pero también hemos querido facilitar a los conductores el desarrollo de esta actividad", ha concluido el edil.

Regulación VMP

Esta modificación incluye la regulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como monopatines, patines o similares, que no podrán circular por aceras, paseos, plazas y zonas peatonales en las que no se autorice expresamente como el carril bici segregado y señalizado y acera bici señalizada en acera y a una velocidad máxima de 25 km/h. Estará expresamente prohibida la circulación, además, por vías con tres o más carriles por sentido de la circulación; en el interior de los parques, siempre que no se autorice expresamente a ello; en los pasos inferiores de calle Poeta Miguel Hernández y Ronda Oeste con calle Crta. Alcoraya y similares y en las plataformas tranviarias. 

Para su circulación, la normativa incluye la obligatoriedad de, al menos, el contrato de un seguro de responsabilidad civil y solo pueden estar equipados con un asiento o sillín, lo que implica que solo pueda ir una persona. La edad mínima para poder utilizar VMP en vía pública será de 16 años o 15 años si se está en posesión del permiso de conducción tipo AM. No se permitirá circular con cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, ni usando dispositivos de telefonía móvil. Por último, será recomendable el uso del casco hasta que por normativa estatal se establezca lo contrario.

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