SAN VICENTE DEL RASPEIG. El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig llevará previsiblemente al pleno de febrero la propuesta de modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación (BOP 16/12/2010), para adaptarse al Real Decreto 6/2015, de 30 de diciembre, que incluye la nueva regulación de Vehículos de Movilidad Personal VMP, las medidas de seguridad en adelantamientos a ciclistas, la adecuación de velocidades máximas en la vías del municipio – 50, 30 y 20 km/h –, la señalización de eventos para retirada de vehículos, así como la modificación del reglamento de vados y la actualización de sanciones, por citar algunas de ellas.
El concejal de Seguridad Ciudadana, Policía Local y Tráfico, José Manuel Ferrandiz, asegura que con esta modificación "hemos adaptado la ordenanza municipal a la legislación nacional y autonómica y, también, a los criterios de seguridad de los peatones y sostenibilidad del tráfico rodado en la ciudad. Tenemos que tener en cuenta los nuevos vehículos y las nuevas directrices medioambientales, pero también hemos querido facilitar a los conductores el desarrollo de esta actividad", ha concluido el edil.
Regulación VMP
Esta modificación incluye la regulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como monopatines, patines o similares, que no podrán circular por aceras, paseos, plazas y zonas peatonales en las que no se autorice expresamente como el carril bici segregado y señalizado y acera bici señalizada en acera y a una velocidad máxima de 25 km/h. Estará expresamente prohibida la circulación, además, por vías con tres o más carriles por sentido de la circulación; en el interior de los parques, siempre que no se autorice expresamente a ello; en los pasos inferiores de calle Poeta Miguel Hernández y Ronda Oeste con calle Crta. Alcoraya y similares y en las plataformas tranviarias.
Para su circulación, la normativa incluye la obligatoriedad de, al menos, el contrato de un seguro de responsabilidad civil y solo pueden estar equipados con un asiento o sillín, lo que implica que solo pueda ir una persona. La edad mínima para poder utilizar VMP en vía pública será de 16 años o 15 años si se está en posesión del permiso de conducción tipo AM. No se permitirá circular con cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, ni usando dispositivos de telefonía móvil. Por último, será recomendable el uso del casco hasta que por normativa estatal se establezca lo contrario.