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la cadena balear valora ahora demandar a baraka por daños y perjucios

El oriolano Trinitario Casanova pierde contra RIU: fuera definitivamente del hotel Plaza España

  • Vista exterior del hotel RIU Plaza España, que abrió en septiembre en el edificio de la polémica. Foto: RIU

ALICANTE. El empresario oriolano Trinitario Casanova, al frente del murciano Grupo Baraka, ha quemado sin éxito su último cartucho judicial contra la cadena hotelera RIU, con la que está enfrentado en los juzgados desde la operación en la que intermedió para comprar el Edificio España de Madrid al inversor chino Wanda y, simultáneamente, vendérselo a la firma mallorquina para convertirlo en un hotel. Casanova ya perdió en mayo la batalla por la paralización de las obras, lo que permitió a RIU abrir el hotel el pasado septiembre, con unos meses de retraso, y ahora otro juez ha tumbado su reclamación sobre los locales comerciales de las primeras plantas del edificio.

Según el fallo recogido en un teletipo de Efe reproducido por la prensa local de Mallorca, el juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid desestimó el lunes la demanda por incumplimiento de obligaciones que había interpuesto Baraka contra RIU en relación con la parte comercial del edificio, y rechaza que Baraka tuviera opción de recompra sobre la misma. Como ya contó Alicante Plaza, Casanova sostenía que tenía una opción de compra sobre las plantas comerciales, y en base a esa opción logró paralizar las obras del edificio ante un posible daño estructural. 

Sin embargo, el juzgado número 67 de Madrid levantó la paralización de las obras por falta de legitimidad del oriolano para denunciar, al considerar que el contrato con RIU no le concedía derechos sobre los locales comerciales, sino solo la posibilidad de comercializarlos a cambio de una comisión. Ahora, el juzgado número 51 desestima la demanda contra RIU por incumplimiento de contrato, y ha impuesto las costas del procedimiento a la demandante, según la sentencia. Al contrario que Baraka, que defendía la opción de recompra, la juez entiende que  la sociedad del grupo Riu otorgó a Baraka "un mandato exclusivo de venta de carácter no representativo sobre la parte comercial, y no una opción de recompra". La magistrada indica al respecto que la exclusividad viene referida a la comercialización "pero no significa que Baraka sea la única que puede comprar la parte comercial del inmueble".

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