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Saca a información pública el proyecto de decreto que cumple CON UNA REIVINDICACIÓN DEL SECTOR

Vivienda regula un registro obligatorio para agentes inmobiliarios en la Comunitat 

12/04/2022 - 

VALÈNCIA. La Conselleria de Vivienda prepara un registro para agentes inmobiliarios en la Comunitat Valenciana que tendrá carácter obligatorio y que busca dar "garantías y seguridad" a los consumidores y al propio sector, que llevaba años reclamándolo. Un texto que regulará los requisitos para el ejercicio de la actividad de mediación, asesoramiento y gestión de transacciones inmobiliarias como venían reivindicando históricamente los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia (API) para dotar de "mayor transparencia" una actividad totalmente desregulada.

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) sacaba este lunes a información pública el proyecto de decreto, que recoge la creación de este instrumento, así como los requisitos que debe cumplir cualquier persona física o jurídica que quiera dedicarse a esta actividad. El objetivo de esta norma no es inmiscuirse en la intermediación inmobiliaria, sino dar mayores garantías a los consumidores y asegurar el ejercicio de la profesión.

De hecho, una de las principales reclamaciones del sector era precisamente la obligatoriedad de la inscripción, como así consta en el texto. De esta forma, el proyecto de decreto recoge que el registro será "de titularidad pública, y naturaleza administrativa, gratuito y de carácter obligatorio". Estará adscrito a la Conselleria competente en materia de vivienda, en este caso el departamento que dirige Héctor Illueca.

En él deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas que ejercen o vayan a hacerlo como agentes inmobiliarios dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. Sin embargo, no será de aplicación esta norma para los administradores de fincas; los agentes inmobiliarios que actúan en la autonomía de manera habitual desde algún Estado de la Unión Europea o fuera de la Comunitat Valenciana, sin establecimiento abierto al público. Tampoco, las personas que actúan en la región en la prestación de servicios relacionados con las transacciones inmobiliarias de forma no habitual y sin retribución.

La norma también establece que podrán actuar como agentes inmobiliarios las personas que cumplan los requisitos de cualificación profesionales establecidos por la legislación sectorial vigente, así como deberán acreditar al consumidor sus servicios "de forma que no pueda confundirse dicha intervención con la de otro interviniente en el proceso constructivo o la promoción de viviendas". Asimismo, se recoge que los profesionales de la intermediación tendrán que poseer una titulación universitaria perteneciente a la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura o contar con una formación no universitaria de al menos 200 horas lectivas en materia inmobiliaria.

Foto: Matias Chiofalo/EP

Además, fija que los agentes inmobiliarios dispondrán de establecimiento abierto al público, salvo que se presten los servicios exclusivamente a distancia por vía electrónica o telemática. En esos casos, deberán tener una dirección física en el territorio de la Comunidad Valenciana, o en algún estado de la Unión Europea. "En estos establecimientos, o en la dirección física de la persona que preste los servicios por vía electrónica, deben atenerse las consultas, quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en relación a los servicios del agente inmobiliario", introduce la normativa. El local dispondrá de una póliza de seguro de caución y de responsabilidad civil profesional.

Inscripción en el Registro

Para la inscripción en el nuevo registro obligatorio, las solicitudes podrán presentarse de forma individual o colectiva. En el primer caso, la persona, mediante declaración responsable, incluirá sus datos de identificación y se comprometerá a desarrollar su actividad "de acuerdo con los principios de actuación y códigos de conducta sobre la ética profesional y de comportamiento, el secreto profesional, las comunicaciones comerciales y la transparencia en las remuneraciones". En cambio, si es de de forma colectiva, se llevará a cabo a través de un colegio o una asociación profesional regulada.

Una vez presentada la solicitud, se inscribirá el agente inmobiliario de forma inmediata en el registro y se entregará a la persona interesada el documento acreditativo. La Dirección General competente en materia de función social de la vivienda efectuará, con posterioridad, las comprobaciones que consideren adecuadas de la documentación aportada. 

La inscripción tendrá una duración indefinida y permitirá acreditar que el profesional reúne los requisitos y las condiciones adecuados para ejercer la actividad. Se otorgará un distintivo normalizado para que la inscripción en el registro sea visible al público. Eso sí, no implicará ninguna responsabilidad de la Generalitat Valenciana en relación con las actuaciones de los agentes. Podrá cancelarse de oficio por defunción de la persona; disolución o baja fiscal en caso de ser una entidad; incumplimiento de los requisitos de inscripción, previa audiencia a los interesados; o por sanción.

La directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris

"Ha sido un texto muy participado y consensuado tanto con las principales asociaciones de usuarios y consumidores como con los Colegios Profesionales de Agentes de la Propiedad. La idea es evitar que se produzcan situaciones anómalas y dar mayor transparencia y seguridad al sector y a los consumidores  con el fin de salvaguardar el interés general", destaca Pura Peris, directora general de Emergencia Habitacional. "Además, era una reivindicación histórica del sector a la que damos cumplimiento", remarca.

Activación de la red de agentes colaboradores con la Generalitat

Paralelamente, este registro permitirá activar la creación de una red de agentes inmobiliarios que colaborarán con la Generalitat Valenciana para lograr que propietarios de viviendas en desuso, de forma voluntaria, las cedan para que puedan ser ofertadas en el mercado del alquiler. Se trata de una medida contemplada en el programa Xarxa Lloga’m, que pretende movilizar vivienda vacía para poder ofrecer a la ciudadanía valenciana pisos en alquiler con precios que establezca el Consell.

Una iniciativa, incluida en el decreto para movilizar vivienda vacía en la Comunitat, que permitirá a los agentes inscritos en el registro trabajar junto a la Administración en la captación de viviendas para su oferta a precios asequibles en el mercado. La Conselleria creará un directorio con los agentes inmobiliarios a quienes les sea reconocida la condición de colaboradores. Entre sus funciones estará la de gestionar la Xarxa Lloga’m y tener en régimen de exclusiva las viviendas que capten para este programa durante un periodo mínimo inicial de seis meses. 

De esta forma, deberán hacer pública su condición de agente e informar a los arrendadores e inquilinos de las ventajas y objetivos del programa. Así, actuarán como intermediarios en la formalización de los contratos de arrendamiento y tramitarán la solicitud de inclusión de los contratos suscritos a las pólizas de seguro y multirriesgo que tenga contratada la Generalitat. 

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