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abogacía de la generalitat debía haberse pronunciado la semana pasada

Una sentencia da la razón a los interinos que buscan frenar sus ceses

Foto: EFE/KAI FÖRSTERLING
2/05/2023 - 

VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana comenzó hace apenas un par de semanas a cesar interinos para intentar reducir la temporalidad en la Administración autonómica. Una decisión adoptada para cumplir con la sentencia europea de marzo de 2020 que motivó la posterior reforma del Estatuto Básico del Empleado Público y que impide que una persona interina esté más de tres años en una plaza pública

El escenario, como ya informó este diario, ha provocado cierta zozobra no solo entre el personal afectado y sindicatos, quienes defienden que desde la entrada en vigor de la nueva normativa todavía no han pasado tres años y no se debería estar cesando a personal, sino que también preocupa en la propia Administración por las vacantes que estos ceses están provocando. Tanto, que desde Función Pública se ha solicitado un informe a Abogacía de la Generalitat para estudiar si pueden sortearlo de alguna manera. 

Así, la situación que se ha producido es la siguiente: hasta ahora, cuando una persona se convertía en funcionario de carrera y escogía un puesto pero no se incorporaba al mismo por el motivo que fuera -por ejemplo, si pedía una comisión de servicios y se le concedía- la Administración permitía que el interino que ocupaba esta plaza hasta ese momento siguiera en el puesto de forma provisional, dado que esta seguía vacante a efectos prácticos. Así, la Generalitat podía seguir contando con sus servicios y no ver mermada su plantilla. Sin embargo, con la reforma del TREBEP la Generalitat ha empezado a cesar interinos cuya plaza ha sido adjudicada a otra persona como consecuencia de una OPE o un concurso, aunque esta persona adjudicataria de puesto no se haya incorporado.

Con todo, mientras la Generalitat se mantiene a la espera del informe de Abogacía de la Generalitat para saber si continuar con los ceses o no, una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Valencia podría arrojar luz sobre el dilema que se encuentra sobre la mesa y permitir la continuidad del personal. 

El fallo afecta a una funcionaria interina que presentó una demanda contra la Generalitat después de que esta le desestimara el recurso de reposición que había interpuesto por haber sido cesada en 2021 a raíz de la jubilación del funcionario de carrera a quien estaba sustituyendo. 

En su recurso, la afectada advertía que la resolución de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas era ilegal porque su cese solo se podría producir si el puesto que ocupaba se proveía "de forma reglamentaria por un funcionario de carrera, previa convocatoria habilitada al efecto". Porque de lo contrario, según la demandante, el funcionario interino inicialmente nombrado debeía continuar, "aún a pesar de que el funcionario sustituido inicialmente hubiera cesado por jubilación forzosa o cualquier otra causa que determinase la pérdida de la reserva del puesto de trabajo".  

Para fundamentar su posición, citaba una sentencia del Tribunal Supremo de enero de ese mismo año que rezaba que el cese de un funcionario interino "debe vincularse a alguna de las circunstancias expresamente contempladas en la norma de aplicación y, particularmente solo debe producirse con ocasión de la ocupación efectiva de la plaza o puesto por el funcionario de carrera sustituido o por otro funcionario de carrera para el caso de que el titular inicial pierda el derecho a la reserva del puesto de trabajo y se realice una convocatoria al efecto o exista un mecanismo legal de adjudicación". 

Con todo, el Juzgado número 8 de Valencia dio la razón a la demandante en octubre del año pasado. Es decir, cuando ya era efectiva la reforma del Estatuto Básico del Empleado Público. El fallo, de hecho, hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en interés casacional, y anuló la decisión de la Generalitat de cesar a la funcionaria interina, le obligó a nombrarla de nuevo "en el mismo puesto de trabajo desde la fecha de cese y en idénticas condiciones a las que regían con anterioridad al mismo, y con abono de las retribuciones dejadas de percibir, más los intereses". 

Justicia permite la continuidad por el momento

Por lo pronto, UGT Serveis Públics dio traslado a Función Pública de la citada sentencia la semana pasada para que se tuviera en cuenta antes de que Abogacía emitiera su veredicto. Apenas unos días después, este viernes, la Conselleria dirigida por Gabriela Bravo mantuvo una reunión de última hora con los sindicatos y las subsecretarías del Consell para informarles de que mientras esperan el informe de Abogacía que permitirá definir un criterio claro, las consellerias podrán seguir interpretando la norma como hasta ahora. Es decir, que los interinos continuarán en sus puestos si los funcionarios de carrera no se incorporan a él. 

La noticia llega precisamente cuando estaba previsto que cesaran cerca de un centenar de interinos más -entre ellos ayudantes de autopsia-, a quienes ya se les había comunicado que su relación con la Administración había terminado.  

UGT advirtió cuando comenzaron a producirse los ceses del "caos" que podría generar este escenario. Incluso, consideraban que podría llegar a poner en riesgo la prestación de determinados servicios públicos, puesto que al quedarse vacantes los puestos, estos deberían cubrirse mediante bolsas y este trámite tarda aproximadamente dos meses en completarse. 

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