ALICANTE. Los sindicatos UGT y CCOO y la Federación de Empresarios del Metal de la Provincia de Alicante (Fempa) han suscrito el texto definitivo del convenio de la industria, los servicios y las tecnologías del sector metal 2024-2025 que afecta a más de 38.000 trabajadores en toda la provincia incluyendo actividades tan diversas como la fabricación mecánica, tratamiento de metales, talleres de reparación de vehículos, instaladores eléctricos y de telecomunicaciones, instaladores de fontanería frio y calor, ascensoristas, puertas metálicas, entre otras. Así, regulará las condiciones sociolaborales y económicas del sector en la provincia de Alicante.
Las negociaciones, según un comunicado de Fempa, "se han visto marcadas por la incertidumbre normativa con temas nucleares de la negociación colectiva como es la posible reducción de la jornada laboral, la tendencia inflacionista de la economía de los últimos años, la crisis geopolítica, la carencia de mano de obra especializada en oficios del sector y de unos costes energéticos que no terminan de estabilizarse".
Mientras, CCOO valora el acuerdo alcanzado "tanto por la mejora en derechos laborales, como por los incrementos salariales, que permitirán mejorar el poder adquisitivo. Además, se ha conseguido frenar las propuestas de recorte propuestas por la patronal al quedar fuera del acuerdo las duras pretensiones sostenidas durante la negociación".
El nuevo acuerdo, explican, "es un reflejo de la importancia que las partes firmantes dan a la modernización y actualización en el sector, mediante la incorporación de medidas que favorecen la productividad, la igualdad entre hombres y mujeres, la formación, y el empleo entre otras, haciendo el sector más atractivo y favoreciendo la retención de talento".
El nuevo texto incluye además de actualizaciones normativas, algunas novedades que mejoran las condiciones actuales para empresas y trabajadores.
Incrementos salariales
Incremento del 4,5% para 20024, con efectos retroactivos a 1 de enero de 2024 y del 4% para 2025. El texto incluye el compromiso de realización de un acuerdo parcial en materia salarial para agilizar la publicación de las tablas salariales. Los atrasos generados durante 2024 se abonarán antes del 31 de diciembre de 2024.
Cláusula de revisión salarial
En el caso de que el IPC supere el incremento pactado a final de cada uno de los años de vigencia se actualizarán los salarios con un tope máximo del 1%.
Subrogación
Se mejora la cláusula recogida en el convenio colectivo al incluir la subrogación para las empresas del sector que trabajen para las administraciones públicas valencianas, en los términos establecidos en el Acuerdo sobre materias concretas para la para la subrogación de los trabajadores en la contratación pública de la Comunidad Valenciana (DOGV 22/05/23).
Estrés térmico
Se establece la obligatoriedad de evaluar las condiciones ambientales de las empresas del sector, utilizando métodos debidamente homologados y de adoptar medidas para hacer frente a las altas temperaturas.
Protocolos frente al calor en trabajos en exterior
Se determina la obligación de elaborar protocolos de trabajo para trabajos en exterior, concretando medidas a adoptar así como de establecer procedimientos de trabajo específicos cuando se declaren alertas por calor.
Organización del trabajo
Mejoras técnicas en los redactados de organización del trabajo (incentivos) para facilitar la acción sindical en esta materia.
Licencias y permisos
Se incorporan al texto del convenio nuevas licencias y permisos derivados de la denominada ley de familias.
Nuevos derechos en formación
Se establece la obligación de las empresas de realizar planes de formación. En caso de no homologar estos planes de formación las plantillas de estas empresas percibirán un plus de formación de 30€ mensuales por persona trabajadora.
Dietas
Derecho a percibir anticipadamente, previa solicitud, el 50% de las dietas que puedan requerirse.
Seguro por accidente
Se incrementa en 3.000 euros, llegando hasta los 27.500 euros en caso de incapacidad y muerte.
Crédito horario
Aumento para la Representación Legal de las Personas Trabajadoras que sean fijas discontinuas en sus empresas.