ALICANTE. Es ahora, por fin, cuando toca, de verdad, hablar en serio. Terminado ya todo el boato y la celebración, pasadas fiestas y mirando hacia adelante, me gustaría ahora profundizar un poquito más y tocar una última vez el ya sobado tema de la mal llamada Ley Trans, al quedar fuera del texto final una serie de cuestiones de suma importancia que definen y colocan en su justo lugar ese amago, y fijando, de paso, la situación en la que, en este momento, tras su aprobación, nos encontramos. Porque, aparte de considerar el aprobado derecho a la autodeterminación de género como ese tan mencionado 'pie en la puerta' (más bien habría sido necesaria una buena patada), poco es lo que hay en él que pueda significar un avance real, serio y sustancial en el bienestar y derechos de las personas LGTBI y, mucho menos, en el de las personas trans. Muy poco. Más bien, nada.
Aparte de la ya mencionada omisión en el texto de toda referencia a la infancia trans, mayores trans, migrantes trans y personas no binarias, tenemos una serie de regalos envenenados ocultos en los entresijos de esta ley. Y me voy a permitir transcribir y resumiros aquí parte de un post creado por NoEsTerapia, Asociación Española Contra las Terapias de Conversión, en el cual se reflejan una serie de enmiendas presentadas al texto durante su periodo de tramitación, todas ellas, quede claro, votadas en contra por el PSOE:
-Infancias de menos de 12 años: Cinco enmiendas para que los menores trans de menos de 12 años pudieran solicitar a través de sus representantes legales la rectificación registral, mediante una declaración y previa modificación de su nombre. (denegadas)
-Terapias de conversión: El proyecto finalmente aprobado de Ley trans y LGTBI no las define e impone multas que se han demostrado inaplicables e ineficaces. La administración no tiene capacidad para imponer esta forma de violencia, que se hace sin publicidad.
Se presentaron siete enmiendas para definir de forma completa las terapias de conversión, criminalizar la práctica de terapias de conversión y sancionar administrativamente su promoción, difusión y la desinformación sobre ellas. (denegadas)
-Personas intersex: La Ley no define lo que son las características sexuales como categoría protegida, y obliga a que se asigne un marcador de sexo en el registro civil en el plazo de 1 año a las personas intersex.
Se presentaron seis enmiendas para permitir que la mención registral del sexo de las personas intersex pudiera quedar en blanco hasta que éstas tuvieran la capacidad de decidir sobre la misma. (denegadas)
- Personas no binarias: Dos enmiendas para poder eliminar el marcador de sexo en la documentación y permitir una tercera casilla. (denegadas)
-La LGTBFobia cometida por menores queda impune: La Ley no reconoce responsabilidad de menores en el ámbito sancionador, por lo que las infracciones y los actos de discriminación cometidos por menores no podrán sancionarse.
Más País presentó una enmienda para garantizar que los menores de edad sean sujetos responsables de la comisión de infracciones y se les pueda sancionar a ellos o a sus representantes legales. (denegada)
-La Seguridad Social no cubrirá los tratamientos afirmativos de género a las personas trans: No sólo el tema que mencionaba antes del abastecimiento, sino que la Ley ni siquiera hace mención expresa a que se incluyan en las prestaciones de la SS los tratamientos afirmativos del género (como sí lo hacen algunas leyes autonómicas). Ello determina que quedan excluidos.
ERC presentó una enmienda que incluía dentro de la cartera básica de servicios los tratamientos hormonales, quirúrgicos, de voz, protésicos, de congelación de tejidos y de acompañamiento psicológico a personas trans. (denegada)
Por mi parte, yo misma subrayo que, en consecuencia, en ningún momento se ha hablado de ningún tipo de las muy necesarias medidas para paliar los desabastecimientos periódicos de medicamentos necesarios para el tratamiento hormonal de las personas trans. Ni están ni se los espera.
-El discurso de odio y los contenidos discriminatorios online no van a poder ser retirados: la ley prohíbe la LGTBfobia en internet y la publicación de contenidos discriminatorios. Pero el Tribunal Supremo indicó que es necesario habilitar a un juez para que acuerde la retirada de contenido discriminatorio en línea.
ERC presentó una enmienda para modificar la ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y establecer un procedimiento de tutela judicial que permita a los jueces acordar la retirada de contenido discriminatorio y LGTBófobo. (denegada)
Lo vuelvo a decir: ninguna de estas enmiendas presentadas fructificó, gracias al voto en contra del PSOE.
Con respecto a los derechos de las personas trans, nada más que una Ley cosmética. Una ley inofensiva con la que, en este año de elecciones, los mismos que la han afeitado y reducido a la total inoperancia van a presentarse ante la ciudadanía como los adalides de la diversidad y el activismo LGTBI y nos la van a repasar e intentar como una grandísima conquista de los derechos humanos, al igual que hicieron durante años con la Ley del Matrimonio Igualitario, secundados además por el servilismo de una FELGTBI que, después de su pequeña “rebelión” de opereta, ya está volviendo al redil de la formación política que siempre le ha dado de comer. ¡Ah! Y no nos olvidemos de Podemos, que con todo su pretendido “buen rollo” ha agachado la cabeza y consentido todo este despropósito.
Bien, y ahora nos queda lo mejor: un tema en el que nadie parece haberse fijado y en el que quizá reside el quid de toda la cuestión, la llave que nos abre y nos explica la peor de las infamias. Leed bien:
Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI Artículo 41. 4. :La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino no podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral. No obstante, la persona que rectifique la mención registral pasando del sexo femenino al masculino conservará los derechos patrimoniales consolidados que se hayan derivado de estas medidas de acción positiva, sin que haya lugar a su reintegro o devolución.
Ésa, la mal llamada Ley Trans, y la llamo así con toda razón y conocimiento de causa. Una ley que muy pocos de los que ahora se queman las manos aplaudiendo parecen haber leído. Supongo que os daréis cuenta de lo que este artículo 41 significa. Quiero que lo comprendáis, que lo asimiléis. Es del todo indignante que, al utilizar el tema de la autodeterminación como principal señuelo que se ha revelado del todo efectivo, este punto haya pasado inadvertido. Una pieza más de las muchas que convierten a esta ley Frankenstein en una chapuza vacía y del todo inoperante, además de revelar su naturaleza ofensiva para cualquier persona trans con dos dedos de frente.
Comencemos subrayando que este texto confeccionado a nivel nacional por el gobierno del PSOE cuenta con el aplauso de la FELGTBI y el consentimiento servil de Podemos, formación política que nos ha dejado claro a todos que, aunque el hecho de registrar una ley se agradece en lo que vale como buena intención, parece ser que llevar y defender estos tres años de proceso de tramitación les ha venido ciertamente “un poco” grande, pues entre otras pifias y el sinfín de recortes ya de todos conocido han dejado pasar, quedando escrito y reflejado en el texto final de forma meridianamente clara, que esta ley se refiere únicamente y en su totalidad a la IDENTIDAD SEXUAL Y EXPRESIÓN DE GÉNERO.
Identidad sexual (ya sabéis, sólo el concepto físico de macho y hembra) y expresión de género (las personas trans somos únicamente una "expresión de género" basada intencionadamente en ese concepto evanescente al que ellos denominan sentimiento).
La Ley obvia del todo el concepto real de IDENTIDAD DE GÉNERO basada en condicionantes biológicos (en todos los seres humanos, no sólo en las personas trans), una rotunda verdad demostrada empíricamente que todo activismo y activista por los derechos trans con un mínimo de integridad debería defender como la piedra angular de nuestro sujeto político. Al ignorar la realidad y basarse en sus propios y falsos constructos ideológicos, queda del todo claro y diáfano que en esta Ley el PSOE ha dejado grabada su impronta. Para ellos, para quienes han votado afirmativamente esta Ley, las mujeres trans seguimos siendo hombres y los hombres trans, mujeres. Identidad sexual y EXPRESIÓN de género, recordadlo. Para el gobierno del PSOE lo único que cuenta a la hora de legislar derechos es el sexo que al nacer portábamos entre las piernas. Hecha la ley, hecha la trampa a gusto de la jauría feminista del PSOE.
Y es éste el paripé del todo falso y confeccionado a su gusto que el PSOE nos intentará vender durante este año de elecciones y defenderá la FELGTBI para conservar su lugar como "vanguardia y adalides de la progresía". Con un texto como éste que, además, equipara la violencia intragénero con la violencia doméstica, ¿Para qué necesitamos a VOX o a un mediocre caradura como el señor Feijóo y su obsesa cruzada preelectoral para anular la autodeterminación de género en las leyes autonómicas, la mayoría de ellas mucho mejor confeccionadas y garantistas que este engendro? Pues no los necesitamos, para ello ya tenemos al PSOE.
No se ha trabajado para sacar una ley, sino para poder decir “hemos sacado una ley”. Una ley inútil, vacía y del todo inoperante. Pero ya tenemos ley, señoras y señores. Y quien no se contenta, es porque no quiere.
Para terminar lo vuelvo a remarcar, quiero que esto nos quede muy claro: si eres una persona trans la que me lee, habrás visto que tus derechos, nuestros derechos, no han cambiado absolutamente nada. Pero no, más bien sí han cambiado. A peor. Gracias a este texto legal basado en la identidad sexual y expresión de género, las personas trans estaremos a partir de este momento atadas de pies y manos durante años sin poder crear ese para nosotras vitalmente necesario sujeto político, un sujeto político sólido y basado en realidades. Gracias a los que han pergeñado esta ley y a los que lo han consentido, la identidad y derechos de las personas trans y cualquier reglamentación basada en esta ley se seguirán basando en ese concepto del todo falso y aborrecible, pero tan liquido y maleable como a ellos les conviene, como es el sentimiento. Sentimiento... Las personas trans somos un sentimiento, nuestra identidad de género basada objetivamente en sólidas realidades biológicas no existe para el PSOE, no existe para la FELGTBI, no existe para Podemos ni para todo ese movimiento pretendidamente progresista con el que se retroalimentan. Me entristece muchísimo decir que la jauría feminista y sus dogmas sectarios han ganado.
Lo sabéis y os lo repito: son zorros viejos, son PSOE… son… pues eso, políticos. Políticos que barren para su casa, políticos que hacen lo imposible para que todo siga igual, políticos que priorizan sus beneficios inmediatos sobre los derechos y bienestar de (toda) la ciudadanía española evitando cualquier perturbación en sus filas y nichos de votos. ¿Ha sido ése que señalo aquí su objetivo premeditado? Sé que por ahora no lo puedo probar, y quien tenga la facultad de hacerlo, naturalmente va a callar. Pero si queréis mi opinión, todo es muy claro, diáfano: al aprobarse la mal llamada Ley Trans y de derechos LGTBI se ha perpetrado el mayor ataque encubiertamente legal nunca realizado en nuestro país contra la identidad y derechos de las personas trans en 45 años de pretendida democracia.
Empieza ahora el año de elecciones y ya se ha dejado de hablar de ello. Jugada perfecta, excepto porque somos muchos a quienes nadie nos va a callar. Es exactamente así, como ahora mismo está el tema y es justo desde aquí desde donde este año tenemos que comenzar nuestro trabajo. Yo acuso, que decía Zola. Seguiremos informando.