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incluye a pirotécnicas, palmereros y artistas falleros/foguerers

Las empresas artesanas de la Comunitat podrán optar a una ayuda directa de 7.000 euros 

12/02/2021 - 

VALÈNCIA. Las empresas, micropymes y autónomos artesanos/as de la Comunitat Valenciana podrán optar una ayuda directa de hasta 7.000 euros, según el decreto que ultima el Gobierno valenciano y que se aprobará en breve. Las ayudas serán distribuidas por la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo de la Conselleria de Economía Sostenible. Su objetivo es mantener y dar continuidad a los oficios tradicionales de la Comunitat Valenciana y los beneficiarios deben comprometer a mantener su actividad durante un año. 

La Generalitat establecerá una línea presupuesta de 7 millones para este paquete de ayudas. En caso de que el número de solicitudes agote este crédito, la cuantía recibir se prorrateará entre todas ellas.  Para optar a esta línea de ayudas, que en breve se podrá solicitar, los beneficiarios deben estar en posesión del título de empresa artesana expedido por la Generalitat, o título equivalente expedido por una administración, y deben estar ejerciendo su actividad desde el 1 de marzo de 2020 en la Comunitat Valenciana, así como estar al corriente de las obligaciones tributarias y de pago con la Generalitat. Sólo se concederá una ayuda por empresa, independiente de si tiene varios centros de trabajo o establecimientos de los que disponga. Además, podrán acceder a la condición de beneficiaria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica propia que, cumpliendo el resto de requisitos exigidos se encuentran en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Como el resto de ayudas de este tipo que está concediendo la Generalitat, la tramitación será telemática y los solicitantes deberán disponer de firma electrónica.  Todo parece indicar el plazo para presentar las solicitudes se abrirá el próximo 1 de marzo y durará hasta el 15 de marzo. Desde entonces, la Generalitat dispone de un plazo para resolver y notificar la resolución procedente será de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá el silencio administrativo y la solicitud podrá entenderse desestimada.

 El tipo de empresas/autónomos que se pueden beneficiar son los siguientes: productores de abanicos o bastones; zapateros; artista fallero(foguerer; bordadores; constructor de instrumentos de cuerda, viento y percusión;  decorador de telas estampadas; fabricante de muebles y otros objetos de mimbre, caña, palma y similares (en este caso sólo para elaboradores de palmas artísticas hechas con hojas de palmera); florista artesanos o artesana; ganchillo; peleteros a medida, joyeros, maquetista, modista a medida, orfebres; escribanos; pirotécnicos; profesionales de la plata; sastres a medida; sombrerero; tejedor; tintorero artesano.

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