ALICANTE (EFE/AP). El Juzgado de lo Contencioso número 3 de Alicante ha desestimado la nueva petición registrada por la asociación 'Salvem el Nostre Patrimoni' para suspender de forma cautelar el disparo de las mascletàs en las próximas fiestas de Fogueres desde la plaza de los Luceros con el argumento de que no está acreditado que la celebración de los espectáculos pirotécnicos causen daños en la fuente que preside la plaza. Se trata de la segunda resolución en ese sentido acordada por un juzgado, en respuesta a las petición planteada por la plataforma como la que se planteó antes de las fiestas de 2021. No obstante, el fondo del recurso en el que se plantea la impugnación del desarrollo del concurso pirotécnico continúa pendiente de resolución, según han confirmado fuentes consultadas.
Por lo pronto, en un auto con fecha de 25 de mayo, al que ha tenido acceso Efe, el titular del juzgado considera que "no ha lugar a estimar la petición" del colectivo y, consecuentemente, avala la decisión del ayuntamiento de mantener las mascletàs desde Luceros, al tiempo que impone la costas del recurso a los demandantes. Con todo, contra la decisión cabe recurso de apelación.
Como informó este diario, Salvem el Nostre Patrimoni había argumentado la solicitud de impedir las mascletàs desde Luceros en que los disparos "pueden causar daños de imposible o muy difícil reparación a la fuente central de la plaza, catalogada como bien de relevancia local" y había aportado una serie de pruebas documentales e informes periciales. Además, la asociación también justificaba su petición en un presunto incumplimiento de la obligación de la Administración local demandada de proteger los bienes culturales de los que es titular.
No obstante, una vez analizados los argumentos del colectivo, y el escrito de oposición presentado por la Asesoría Jurídica municipal, el titular del juzgado considera que los informes aportados por Salvem no se han presentado correctamente por falta de ubicación y numeración, según el auto. Y, además, concluye que, como señala el ayuntamiento de Alicante, no están acreditados esos posibles daños porque hay otros informes que niegan que haya un perjuicio a la fuente, y también ha apuntado que existe una ordenanza municipal que regula los actos pirotécnicos que no prohíbe el disparo de mascletàs en el entorno de bienes de relevancia local.
El titular del juzgado apunta que las tracas, cohetes y resto de elementos explosivos no se colocan encima de la fuente sino en los alrededores, en concreto a lo largo de la calzada circular que rodea el monumento, por lo que "el disparo de una mascletà en el entorno inmediato de la fuente situada en la plaza de los Luceros se encuentra amparado por la legalidad".
"No se aprecia por este juzgador que los intereses que alega la parte solicitante de las medidas, ponderados frente al interés público en el mantenimiento de la ejecutividad del acto administrativo, deban ser tenidos como prevalentes al mantenimiento del interés general, ni que la no suspensión solicitada suponga un peligro por el transcurso del tiempo", apunta la resolución.