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contrato por la dirección de los platós por cinco años

La gestión de Ciudad de la Luz se enmaraña: los competidores de MBS preparan recursos

17/12/2023 - 

ALICANTE. El proceso puesto en marcha por la Sociedad Proyectos para la Transformación Digital (SPTD) para contar con una dirección coral profesionalizada en el renacer de los estudios de Ciudad de la Luz, en Alicante, parece abocado a enfrentarse a un nuevo contratiempo, tras una tramitación que se ha visto trastabillada en al menos dos ocasiones previas. Primero, con la cancelación del primer concurso con el que se pretendía contratar a un director de operaciones. Y segundo, con la interposición de un recurso que forzó la suspensión de la licitación y quedó estimado parcialmente por el Tribunal Central Administrativo de Recursos Contractuales (TACRC).

En este caso, el nuevo revés sobre la convocatoria consistiría en la previsible presentación de uno o varios recursos frente al acuerdo de adjudicación en favor de MBS Ciudad de la Luz SL: una sociedad que quedaría vinculada a la estadounidense MBS Group, especializada en la gestión de platós cinematográficos que cuenta con experiencia en 220 estudios distribuidos en varios países. Así se destaca en los informes de evaluación emitidos por la comisión técnica encargada de puntuar las ofertas presentadas, en los que se habría concluido que la de MBS era la mejor propuesta en liza, seguida a menos de diez puntos por Roots Asset Management S.L.-Drago Broadcast Services S.L. -que representa a la española Secuoya Studios-, y por Stage Fifty LTD con 69,03 puntos.

Sin embargo, esa no es la opinión compartida por varios de sus competidores que también presentaron oferta, hasta el punto de que al menos Secuoya ya está preparando el registro de alegaciones contra la propuesta de adjudicación, según fuentes consultadas. Y podrían no ser las únicas, ya que el desenlace del concurso también habría generado malestar en al menos otros dos licitadores, según pudo constatar este diario. Entre ellos, Stage Fifty. Otros, por su parte, abogarían por no pronunciarse hasta que se complete el proceso administrativo de adjudicación.

Esas objeciones se canalizarían, en primer término ante el propio órgano de contratación: la SPTD. Y después, en caso de quedar rechazados, ante el mismo TACRC, que -como se ha dicho- ya forzó una modificación de las condiciones recogidas en el pliego, para que dejase de considerarse como requisito indispensable que todos los licitadores interesados en optar al contrato de gestión acreditasen la suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

¿En qué se basarían esas alegaciones susceptibles de convertirse en recursos? Como primer elemento, en la existencia de filtraciones sobre el resultado del concurso antes de que se comunicase la propuesta de adjudicación a los propios licitadores. En concreto, las valoraciones que habrían deparado la adjudicación a MBS trascendieron un día antes de que pudiesen tener acceso a ellas las propias empresas que participaban en el concurso. 

Puntuación máxima en juicios de valor

En segundo lugar, en esas objeciones también se apuntaría a lo que se considera, al menos, otra atipicidad del proceso: el hecho de que a la oferta de MBS se le concediese los 25 puntos establecidos como puntuación máxima en la fase de valoración que dependía de juicios de valor, tras considerar que su propuesta era "excelente" en todos los parámetros analizados frente a las del resto de competidores. 

En tercer término, también se prevé señalar el cambio registrado en la composición técnica encargada, precisamente, de puntuar las ofertas presentadas. Como informó este diario, tras la reanudación del concurso, este septiembre, la SPTD introdujo una modificación por la que se dejó de considerar preceptivo que ese comité contase con la incorporación de dos asesores del sector audiovisual, de modo que solo se contemplaba la posibilidad de contar con su labor en el supuesto de que se considerase necesario. Una circunstancia que, finalmente, no se registró.

Y, por último, según fuentes consultadas, también habría generado extrañeza que se optase por MBS cuando se trata de una compañía que carece de implantación en España y que, por tanto, podría carecer de estructura propia como para cubrir los puestos profesionales contemplados en su oferta. Es más, fuentes del sector también apuntaron que, en realidad, se habría admitido a MBS Ciudad de la Luz en el concurso a pesar de que se trata de una sociedad limitada unipersonal sin que se hubiese certificado de forma conveniente su adscripción a MBS Group.

¿Qué consecuencias puede conllevar la presentación de esas alegaciones y su transformación en posibles recursos? La más evidente es la posible demora en la eficacia de la adjudicación. Primero, porque se deberá responder a las alegaciones presentadas antes de que MBS pueda comenzar a prestar servicio de forma efectiva. Y segundo, porque un hipotético recurso ante el TACRC puede acabar suponiendo la suspensión de la firma del contrato. si el tribunal así lo considera necesario.

A priori, la pretensión de la SPTD era que la compañía encargada de asumir la gestión operativa de los platós de Agua Amarga pudiese comenzar a desarrollar su labor a principios de 2024. A partir de entonces, se iniciarían los cinco años de prestación previstos en el concurso, por un importe de 3,1 millones en función de la propuesta presentada por MBS, además de unos ingresos adicionales de 975.000 euros en concepto de comisión para la propia gestora, en el cómputo de cinco años, en el supuesto de que se generasen ingresos por un volumen global de 15 millones en ese mismo periodo.

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