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El Supremo corrige el convenio de limpieza de Alicante: los 'pluses' no computan para el SMI

12/04/2022 - 

ALICANTE. Una sentencia del Tribunal Supremo ha puesto fin a la práctica de la patronal de las empresas de limpieza de la provincia de Alicante para integrar los eventuales complementos de sus trabajadores en el cálculo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Hasta ahora, si la subida del SMI era inferior al salario base más los complementos, la patronal 'absorbía' los pluses en dicha subida, de forma que el salario real no se incrementaba, tal como denunciaron los sindicatos UGT y CCOO.

Con esta sentencia, se pone fin a la mala práctica de la patronal del convenio de limpieza, celebran los sindicatos. "Cuando el salario total (salario base más complementos) superaba la cuantía anual del SMI, la patronal no ejecutaba la subida legal", indican desde CCOO. Sin embargo, entre los pluses determinados en el sector figura el de transporte "que es un plus extrasalarial, por lo que su cuantía no puede utilizarse para compensar la subida del SMI, es decir, es un plus 'no absorbible'".

El Tribunal Supremo ha determinado ahora el modo de aplicación de la subida salarial ligada al SMI, y ha dejado claro que los pluses extrasalariales no pueden ser absorbidos por el incremento del SMI. "Es importante señalar que la decisión de computar todos los pluses para compensar el incremento del SMI fue una decisión unilateral de las patronales desde el 1 de enero de 2019 hasta hoy", señala CCOO.

Esta situación va a generar un reajuste en la tabla salarial de convenio y provocará la reclamación de las cantidades no abonadas indebidamente. "CCOO planifica ya un calendario de asambleas informativas en las que difundir este importante avance y para empezar a concretar las demandas de cantidades que procedan en cada caso".

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