ALICANTE. El interventor municipal del Ayuntamiento de Alicante pone en duda el pago por la prestación del servicio de ayuda a domicilio en un informe dado a conocer este lunes por el grupo municipal del PSOE. En concreto, fuentes del PSOE inciden en que el dictamen del alto funcionaria "indica que la concejala delegada de Acción Social, Julia Llopis, confirmó la continuidad en la prestación del servicio de forma verbal, lo que no solo es de dudosa legalidad, sino que obedece a una ideología de ama del cortijo y es inadmisible en un Ayuntamiento democrático", según ha explicado, Paco Sanguino, a través de un comunicado. En esta línea, ha recordado que "no fue hasta el 28 de abril del 2020 que este asunto fue tratado en la Junta de Gobierno Local".
Según el PSOE, "el funcionario detalla que la ayuda a domicilio se adjudicó el 1 de diciembre de 2008 a la mercantil Servisar Servicios Sociales SL. El contrato, como tantos otros, concluyó, ya que había agotado las cinco prórrogas contractualmente posibles el 31 de diciembre de 2019. La Concejalía de Acción Social no impulsó el expediente de contratación con antelación suficiente para su tramitación y adjudicación con anterioridad a la finalización del contrato que le precedió", concreta el PSOE.
En esta línea, el comunicado incide en que "la concejalía, en sus informes, expone las razones por la que se demoró en la tramitación del expediente y decidió mantener la prestación y las acciones emprendidas para evitar que los hechos se repitan, cuestiones en la que Intervención no se pronuncia, aunque deja claro que los contratos administrativos son negocios en los que el plazo es un elemento esencial de duración determinada. Y es taxativo: 'El contrato se extingió y no se puede prorrogar lo que no existe'".
El PSOE insiste en que "el informe no deja dudas al indicar que 'la contratación pública es formal, quedando la contratación verbal apartada del procedimiento administrativo por el artículo de la LCSOP y la prórroga en el 29.2. 'en ningún caso se podrá producirse la prórroga por consentimiento tácito de las partes'. No obstante, la concejala reconoce que la prestación del servicio se produce por acuerdo verbal'".
El PSOE recalca, además, que "Intervención no se queda ahí. En su informe, detalla que 'podríamos encontrarnos ante un supuesto de tácita reconducción de un contrato, fórmula prevista en el artículo 1566 del Código Civil, pero que parece inadmisible en el derecho administrativo, porque va en contra del propio contrato, pero sobre todo, de los principios de publicidad, concurrencia y transparencia, que han de presidir la contratación administrativa. La utilización de esta práctica como fórmula ordinaria constituye un fraude de ley que invalidaría el contrato'".
A juicio del PSOE, "este caso desborda las irregularidades en las que esta inmerso el gobierno Barcala que en 2019 abonó 9,8 millones fuera de contrato y en 2020 alcanzó los 13,2. Este caso es inadmisible porque se ha utilizado la orden verbal en un contrato público para poder continuar con la prestación del servicio, lo que está proscrito en la contratación pública", incide el comunicado.