Hoy es 29 de marzo y se habla de

condena a la subdelegación al pago de las costas

El juzgado falla a favor del Ayuntamiento de Elche por la designación de los alcaldes pedáneos

12/02/2018 - 

ELCHE. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de la ciudad ha dado la razón al Consistorio en el proceso seguido para nombrar a los alcaldes pedáneos y ha desestimado el recurso que interpuso en su momento la Delegación del Gobierno en Alicante. Según el juez, entiende que “una consulta de participación democrática realizada por el alcalde para conocer el sentir de los habitantes que han de estar representados por los alcaldes pedáneos no se puede plantear como una carencia de competencias o extralimitación de ésta, según se desprende de la normativa de aplicación, pues es a esa autoridad a quien corresponde nombrar y remover a discrección a los alcaldes pedáneos”, señala en la sentencia. 

Así que tras este fallo, será la parte demandante la que deba asumir las costas. A este edicto se le puede interponer recurso de apelación, aunque, como explica la portavoz de Compromís Mireia Mollà, “la Subdelegación del Gobierno no debería gastar recursos de todos porque este proceso es una vendetta del PP, que no quiere que los vecinos y vecinas puedan elegir de forma libre a sus pedáneos. Si quieren recurrir, que lo hagan como partido”.

Asimismo, desde instancias municipales, la portavoz del equipo de gobierno, Patricia Maciá, recuerda que en noviembre la Subdelegación de Gobierno solicitó anular el decreto de 15 de septiembre de 2015 por el que se convocaron elecciones a pedáneos y que se celebraron el 7 de noviembre del mismo año. Entonces, la Subdelegación alegaba que la convocatoria no se ajustaba a derecho y que infringía preceptos legales, algo que ahora ha contradicho este fallo.

En cualquier caso, el Ayuntamiento continuó con el proceso porque consideró que se estaba cumpliendo la ley. Se solicitó un informe a Secretaría "y actuamos ajustándonos a la legalidad", explica Maciá. La edil asevera además que "la sentencia dice que es el alcalde quien tiene plena competencia para nombrar directamente a los pedáneos, así como removerlos a su libre criterio, decretando su cese de forma automática y, en todo caso, cuando expire al mandado del alcalde que los nombró, a falta de una normativa expresa. Queda más que claro que este ayuntamiento actuó conforme a la legalidad”. 

Por su parte, Mollà también destaca que este proceso fue un compromiso del equipo de gobierno con las pedanías: "el poder realizar una consulta democrática por primera vez en la historia para conocer la voluntad de los habitantes de las pedanías a la hora de elegir a su alcalde o alcaldesa pedánea", esgrime. "Ese compromiso se llevó a cabo con todas las garantías y apoyo legal, que es lo que resuelve la juez”, sentencia la portavoz de Compromís. 


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