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en el marco del manual de valoración de puestos de trabajo

El Colegio de habilitados nacionales recurre el decreto en el que RR HH de Orihuela ha fijado retribuciones específicas

6/08/2021 - 

ORIHUELA. El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (Cosital) de la provincia de Alicante ha interpuesto un recurso de reposición contra la concejala de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Orihuela por la aprobación sin ser la competente para  la modificación del los complementos específicos de los salarios de parte del personal del Ayuntamiento.

Según refleja el recurso interpuesto por Cosital, la edil de Recursos Humanos, Luisa Boné (Cs) dictó el 30 de junio una resolución con la que dejar sin efecto una resolución de su antecesor y aprobar el Manual de Valoración de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Orihuela. Esta es la herramienta con la que tal y como marca la legislación, se fija la estructura salarial en función de la tipología del puesto y que se vincula al documento Relación Puestos de Trabajo. Un documento este último del que todavía el Ayuntamiento de Orihuela no tiene aprobado. La decisión adoptada por la edil contó con un informe preceptivo –no es vinculante- del Secretario General y el Oficial Mayor con dictamen desfavorable.

En el escrito, Cosital Alicante señala que la edil no tiene las competencias para la aprobación de la relación de las retribuciones del personal. Los manuales de valoración de los puestos de trabajo suponen un instrumento de trabajo para facilitar la valoración de los puestos con el objeto de determinar sus retribuciones. Este “manual” recoge los criterios a aplicar para la valoración de los puestos de trabajo. Lo que denuncia Cosital es que el órgano competente es la Junta de Gobierno Local. De esto modo califica el decreto de la concejala como nulo de pleno derecho.

También exponen en su recurso que con la aprobación de ese decreto por parte de la edil se prescinde “total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido” para la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, el cual no puede ser un acto administrativo separable del manual de valoración.

El elemento que más remarca y destaca el recurso es el hecho que se haya determinado de forma concreta en términos económicos, cuantía en euros, un complemento por responsabilidad singular dentro del complemento específico. Enfatiza el escrito que el manual de valoración lo constituye un grupo de documentos, directrices, “destinadas a homogeneizar y motivar la valoración de las retribuciones, pero en ningún caso, ni en el propio contexto de la Relación de Puestos de Trabajo puede contener directamente, sin valoración previa alguna, sin motivación ninguna, una cantidad exacta en euros a abonar a determinados puestos de trabajo”.

La edil explica que ha intentado en dos ocasiones llevar el inicio del expediente para aprobar la Relación de Puestos de Trabajo para que se fijen las áreas que después deben incluirse. Solicitó en dos ocasiones un informe jurídico preceptivo a la secretaría. No obtuvo respuesta porque, según señala, desde alcaldía se envió un oficio para paralizar los dos expedientes dada su trascendencia, alcaldía quería estudiarlo. En vistas de que no recibía respuesta remitió otro oficio a alcaldía para que le señalara aquellos aspectos que considerara para poder avanzar en el procedimiento.

Según la Ley de Base de Función Pública, los municipios de gran población, como en el caso de Orihuela ha de contar con un interventor, tesorero, secretario, un puesto de órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y un puesto del órgano de asesoría jurídica. Estos dos últimos puestos no existen en el Ayuntamiento de Orihuela, no están creados, y los asume el secretario general.

Boné argumenta que lo que ha hecho ha sido iniciar un expediente de modificación del catálogo para crear esos dos puestos. Con ellos se acompaña unas fichas donde se definen las funciones y las retribuciones. El edil antecesor elaboró un manual de valoración de los puestos de trabajo, donde aparecían los factores a tener en cuenta para fijar la retribución final, como nocturnidad, peligrosidad, o responsabilidad. En ese caso no tenía aparejado la retribución por cada uno de esos factores. Boné fijó esas cuantías monetarias para darle formalidad a ese manual y lo llevó a la mesa de negociación con los sindicatos. El recurso del Cosital añade que entre los puestos de trabajo donde se ha determinado una cuantía económica al “complemento singular” se encuentran puestos de habilitación nacional, jefaturas de área, jefaturas/coordinaciones, Intendente Policía Local, Inspector Policía Local y Oficial Policía Local.

En el recurso interpuesto, el Colegio de habilitados nacionales se muestra duro y contundente con la edil, a la que le señala como una “una conducta dirigida a perjudicar directamente a la los funcionarios habilitados nacionales mediante la predeterminación de parte de nuestro salario”. Además, alerta que podría estar cometiendo una ilegalidad, concretamente en materia de prevaricación.  

La edil admite que no tiene ningún problema en dar la razón al recurso interpuesto en todos aquellos aspectos en los que así se considere y de revocarse el decreto que firmó, y que sea la Junta de Gobierno Local quien lo resuelva. No obstante, afirma con rotundidad que no va a consentir que “el Ayuntamiento no tenga la estructura de los puestos de trabajo que tiene que tener”, situación, según añade, que se está encontrando con muchas trabas y dificultades para que este instrumento necesario en la administración local sea una realidad.

 

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