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por denegarle una licencia en 2005

Condenan al Ayuntamiento de Alicante a pagar 19 millones a la promotora del campo de golf de El Plantío

13/06/2017 - 

ALICANTE (EFE). El Ayuntamiento de Alicante deberá indemnizar con 19.495.522 euros a Royal Class Resort SL, impulsora del complejo turístico de El Plantío, por concederle en 2005 una licencia de obra mayor y apertura que fue declarada ilegal por los tribunales al sobrepasar el aprovechamiento urbanístico previsto por una declaración de interés comunitario (DIC).

Así se establece en una sentencia dictada por el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de la provincia, Salvador Bellmont, que ha sido facilitada este martes  a Efe por la empresa demandante.

El fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano, reconoce el derecho de la mercantil a percibir la indemnización por el denominado daño emergente por los edificios y demás infraestructuras que quedaron a medio construir, pero no a percibir los otros 31,2 millones que reclamaba por el lucro cesante y los daños morales.

La concejalía de Urbanismo del consistorio de Alicante, entonces gobernado con mayoría absoluta por el PP, autorizó en 2005 a la promotora un aprovechamiento urbanístico de 22.375 metros cuadrados para 960 plazas de alojamiento en apartamentos turísticos, cuando la DIC aprobada en 1993 por el Gobierno valenciano limitaba esa superficie a 14.500.

Los tribunales declararon ilegal la licencia en los años posteriores, lo que llevó en abril de 2009 a Royal Class Resort SL, heredera del proyecto auspiciado inicialmente por Finca lo Cirer SL, a reclamar a la corporación una indemnización por responsabilidad patrimonial.

El ayuntamiento rechazó finalmente las pretensiones de la mercantil mediante un decreto en febrero de 2015 que ahora ha sido anulado por el juez con el argumento de que correspondía al consistorio controlar la adecuación de la licencia concedida a la "legalidad vigente".

"La nulidad de la licencia indebidamente concedida provocó que las obras autorizadas por el municipio no pudieran ser ejecutadas, al concurrir un vicio de nulidad de pleno derecho en la actuación llevada a cabo por el ayuntamiento demandado", precisa el magistrado.

La sentencia critica que el consistorio alegara falta de conocimiento de la DIC puesto que esa declaración es un acto administrativo que se publica en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) y si no lo conocía, "debía hacerlo, conforme a una razonable y exigible diligencia".

El abogado de Royal Class Resort SL, Eduardo Medina, ha asegurado que sus clientes solo quieren "desarrollar de forma pacífica" su negocio y sus inversiones, por lo que ha apelado al consistorio a "resolver" el problema de El Plantío para ofrecerle "seguridad jurídica" ya que es "la mejor instalación hotelera actual de la ciudad"

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