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elaboración de plan especial de protección

Benimantell suspende la tramitación de licencias en el entorno del embalse de Guadalest

29/11/2023 - 

BENIMANTELL. El Ayuntamiento de Benimantell ha aprobado la suspensión de licencias en el entorno del embalse de Guadalest. El motivo que hay detrás de ello es el estudio y elaboración de plan especial de protección del paisaje y ordenación de usos en la zona que afecta al término municipal de Benimantell. Así lo ha acordado el pleno en el pasado 20 de noviembre por unanimidad. De este modo, quedan interrumpidas las tramitaciones de las licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición que no se hayan solicitado y aprobado hasta ahora.

Este Plan Especial sirve como herramienta para el territorio con el fin de ordenar el suelo y proteger el paisaje del área determinada, con políticas de protección, regulación o gestión. Hay que tener en cuenta que hace más de una década que se aprobó la versión preliminar del Plan de Acción Territorial del Paisaje de la Vall de Guadalest. Desde entonces este área ha crecido de manera paulatina, siendo el mayor hito la construcción del hotel Vivood Landscape.

Ahora, la clasificación del suelo afectado es el no urbanizable común y el suelo no urbanizable protegido, tal y como refleja el acuerdo. Y se refiere a un superficie muy concreta, la ubicada en el norte del municipio, al otro lado del embalse de dónde está el casco urbano de la localidad. Un emplazamiento en el que a día de hoy carece de construcciones más allá de las aisladas para la actividad agrícola.

Con esta decisión se suspenden las licencias de edificación de nueva construcción, además de aquellas de ampliación en altura de edificios e instalaciones existentes. "Asimismo, queda en suspenso el otorgamiento de cédulas de garantía urbanística, tal y como estipula el artículo 246.3 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje". dice la resolución. No obstante, la suspensión no afecta a las órdenes de ejecución que emanen del propio Ayuntamiento.

Lo hacen por un plazo máximo de dos años, aunque se puede ampliar en el caso de que así se conceda si el documento no se ha llegado a aprobar. O se puede acortar si transcurrido un año, no se somete a exposición pública la propuesta del plan. Con todo, tras la exposición al público, se reanudará la suspensión, hasta que se complete el plazo de dos años máximo. En los ámbitos delimitados de la suspensión se permite la concesión de licencias para obras o actuaciones compatibles con la antigua y la nueva ordenación.

Finalmente, el Ayuntamiento informa que contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias urbanísticas se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a partir de la publicación del acuerdo.

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