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Vivienda y l'Alfàs del Pi avanzan en la cesión de una parcela para promover pisos de alquiler asequible

  • Un momento del encuentro entre Martínez, García y Such.
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L'ALFÀS DEL PI. La Generalitat y el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi avanzan en la cesión de una parcela municipal de más de 5.000 metros cuadrados para la construcción de viviendas de protección pública que se destinarán a alquiler asequible, según informan fuentes de la administración autonómica, a través de un comunicado.

La directora general de la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (Evha), Estefanía Martínez, ha mantenido una reunión con la teniente alcalde de l'Alfàs del Pi, Maria Teresa García, y con el concejal de Urbanismo, Antoni Such, así como con técnicos municipales. El encuentro ha servido para avanzar en el desarrollo del Plan Vive es esta localidad alicantina. La directora general de la Evha ha mostrado su satisfacción porque "la suma de esfuerzos y movilización de recursos de las dos administraciones va a garantizar que l'Alfàs del Pi cuente con vivienda a precio regulado, dando respuesta a la ciudadanía a una necesidad tan imperante".

Del mismo modo, ha asegurado que, de esta manera, "los municipios se convierten en parte activa del plan, permitiéndoles decidir dónde se ubicarán las nuevas viviendas".

Esta parcela se cederá a través del mecanismo de mutación demanial. Se trata de un acto administrativo por el cual, un bien de dominio público, en este caso el solar, cambia su destino para servir a un fin público diferente, sin que deje de ser un bien público.

La directora general de la Evha ha recordado que este tipo de viviendas se destinarán a personas que, debido a la situación actual del mercado inmobiliario, tienen dificultades para acceder a una vivienda. Entre estos colectivos destaca los jóvenes, cuyo decreto de Viviendas de Protección Pública (VPP) de la Generalitat reserva el 40 % de los inmuebles.

Para poder optar a estas viviendas, las personas o unidades de convivencia deben cumplir una serie de requisitos básicos: ingresos máximos y mínimos, no tener vivienda en propiedad y la vivienda arrendada debe ser la residencia habitual y permanente.

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