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Estas son las condiciones para acceder a las viviendas de protección pública de Benidorm

El edificio de Benidorm contempla 117 viviendas en un bloque de la zona de Poniente

  • Recreación del futuro edificio de Benidorm.
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BENIDORM. Benidorm contará con un edificio de 117 viviendas de protección pública en el que se limitará el precio del alquiler. Una forma de aliviar la presión de la demanda de arrendamientos que en los últimos años han estirado sus tarifas complicando el acceso a la población local. Pero, ¿qué criterios se seguirán para asignar a los beneficiarios? Aunque de momento no se ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes, sí que existen unos criterios establecidos.

Desde la Generalitat apuntan a las condiciones que se pactaron cuando se licitó el pliego adjudicado a Culmia, la empresa privada encargada de la construcción del edificio y su posterior gestión. En este documento se rigen por el anexo VI que recoge el acuerdo número 35 de la comisión bilateral celebrada el 19 de marzo de 2024. En ella se señala que solo podrán ser arrendadas a personas que vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda, "priorizando siempre el criterio social".

Al mismo tiempo, se hace referencia a las viviendas de Benidorm donde las condiciones generales de los arrendatarios hacen una primera criba: no superar en ingresos 6,5 veces el IPREM referido en 14 pagas. Es decir, 54.600 euros para el año 2025 para los arrendatarios en su conjunto. Mismo límite para la Vila Joiosa. En el caso de Xàbia el valor es de 5,5, es decir, 46.200 euros.

Este límite de ingresos se incrementará de forma acumulada y atendiendo a la situación específica de cada unidad de convivencia. Los condicionantes son la subida del 0,5 el IPREM por cada persona integrante de la unidad de convivencia que tenga declarada discapacidad o diversidad funcional igual o superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente, en grado de absoluta o gran invalidez, para realizar una actividad laboral. También contempla un aumento de 0,2 veces el IPREM por cada persona menor de edad, siempre que se trate de un descendiente en primer grado o de una persona en acogimiento familiar.

Al mismo tiempo, incrementará en 0,2 veces el IPREM por cada persona integrante de la unidad de convivencia que, siendo mayor de edad, sea menor de 35 años; otros 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de edad integrante de la unidad de convivencia; y en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años integrante de la unidad de convivencia.

Además, como viene contando este diario, en cuanto al precio del alquiler se establece una cuantía máxima por metro cuadrado de superficie útil de la vivienda al mes: 10,5 euros. Por lo que respecta a los garajes y trasteros, se queda en los 6,3 euros. Con todo, las rentas de alquiler se actualizarán anualmente en función del Índice de Precios al Consumo (IPC).

De igual forma, se podrá repercutir a la persona arrendataria los gastos de comunidad e impuestos, tasas o tributos, también satisfechos por ella y que correspondan a la vivienda arrendada y sin que en ningún caso dicho importe adicional a percibir pueda superar el 20% del precio del alquiler mensual establecido, sin aplicar este límite porcentual a los suministros ordinarios de la vivienda.

Y aunque aún no hay fecha para la convocatoria que permita seleccionar a los candidatos, sí que se establece cómo será el procedimiento: apertura del plazo para recibir las solicitudes, baremación, elaboración de listas provisionales, plazo de consultas y reclamaciones, publicación de las listas definitivas, y notificación individual a las arrendatarias.

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