VALÈNCIA (EFE). Los trabajadores expatriados, aquellos empleados de empresas españolas desplazados a terceros países, podrán seguir cotizando a la Seguridad Social española para no perder el acceso a la futura pensión de jubilación ni al resto de la acción protectora de este organismo.
Según la orden que ultima el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a cuyo texto ha tenido acceso EFE, este cambio normativo viene motivado porque la desvinculación con la Seguridad Social desincentivaba a los trabajadores, especialmente a aquellos en una etapa cercana a la jubilación, a aceptar la propuesta de sus empresas de desplazarse a trabajar al extranjero.
Hasta el momento, los trabajadores que se trasladan a países que tienen acuerdo con España en materia de seguridad social se ven obligados a desvincularse de la Seguridad Social española pasado un tiempo, quedando bajo el auspicio del sistema de protección social existente en el país al que hayan sido desplazados.
Sin embargo, la nueva orden de la Seguridad Social permitirá a los trabajadores continuar sujetos voluntariamente a la legislación española una vez agotado el período máximo de desplazamiento previsto, que varía en función del país de destino.
Para ello, la empresa, tras acordarlo con el trabajador, podrá solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social que este continúe sujeto a la legislación española de la Seguridad Social.
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Así no perderán el acceso a la futura pensión de jubilación ni al resto de la acción protectora
Los trabajadores españoles expatriados podrán seguir cotizando a la Seguridad Social
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