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sube un 5% en las empresas

La Vila también sube la tasa de la basura: se divide en cinco zonas que pagarán entre 120 y 172 euros

LA VILA JOIOSA. Ningún municipio se escapa de los cambios en la tasa de la recogida de residuos sólidos urbanos. El Ayuntamiento de la Vila Joiosa también va a proponer al próximo pleno la modificación de la ordenanza para ejecutar un cambio que se traduce en una subida general, tanto para viviendas, como para el tejido empresarial. Según explica a este diario el edil de Hacienda, Francisco Pérez Buigues, el incremento del coste del contrato, al que añadieron también más servicios, se une a una tasa ya de por sí deficitaria con anterioridad. De este modo, los hogares vileros pagarán entre 120 y 172 euros, según el barrio. Para las empresas la subida será del 5%.

Como viene explicando este diario, los ciudadanos tienen que asumir el coste del servicio, sin la posibilidad de que el ayuntamiento pueda asumir parte del gasto. Y ahora, se pretende afinar más el tiro: la ley obliga a repercutir el coste de la recogida, acuñando el 'que contamina, paga'. Es por esto que la Vila se ha dividido por barrios que costearán un importe distinto, en función de la capacidad económica y de la generación de residuos.

De este modo, con la nueva distribución, la localidad se divide en cinco barrios que abonarán diferentes tasas: 'Zona La cala' (172,74 euros); 'Zona norte' (141,97); 'Zona Centro' (161,84 euros); 'Zona sur' (140,27 euros) y 'Diseminado' (120,63 euros). Así, con estos cambios aplicarán un incremento del 38,66% al precio más bajo, y del 98,55% a la tasa más alta, sabiendo que las viviendas pagaban 87 euros hasta ahora, sea cuál sea su ubicación.

Además del residencial ya mencionado, la tasa cuenta con nueve grupos más. El segundo pertenece a la industria, que va en función de los metros cuadrados de las instalaciones, el precio más bajo será de 181,74 euros, mientras que el más alto será de 1.090,49 euros. Es el mismo precio que el que se estima para las oficinas, tanto para inmobiliarias, despachos, actividades profesionales y similares, como para los establecimientos bancarios; los comercios; los que albergan actividades relacionadas con los deportes

Una condición diferente tienen los hipermercados, grandes almacenes y centros comerciales, que tienen una cuota fija de 3.634,90 euros, independientemente de los metros cuadrados que disponga. La misma cuantía que los del grupo seis y ocho, los casinos y los hospitales, residencias sanitarias, respectivamente. 

Ocio y hostelería

El grupo siete corresponde al ocio y la hostelería, que también varía en función de su extensión, de los 339,25 euros a los 1.90,50 euros para el más grande, otro 5% más que la anterior ordenanza. Todo ello tanto para las cafeterías, bares, heladerías como para restaurantes. En cuanto a los hoteles, moteles, pensiones y hostales, se divide en cuatro según el número de habitaciones. Hasta 15 será de 463,44 euros; entre 16 y 30, de 575,52 euros; de 31 hasta 50, de 1.090,50 euros; mientras que los que tienen más de 50 habitaciones es de 3.643,90 euros. Por su parte, los campings tendrán una cuota fija de 3.634,90 euros, independientemente de la superficie y las unidades alojativas.

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