MADRID (EP). El Tribunal Supremo ha condenado al exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, a 24 años y tres meses de prisión, a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses y al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio por irregularidades en la compra de mascarillas en la pandemia.
Así lo ha decidido por unanimidad el tribunal de la Sala de lo Penal en una sentencia, recogida por Europa Press, tras la celebración del juicio contra los tres acusados durante los meses de abril y mayo, que se extendió durante 14 jornadas.
Los magistrados declaran a Ábalos y Koldo culpables de los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación, mientras que los absuelven de prevaricación, uso de información privilegiada y falsedad.
A Aldama lo condenan por los delitos de organización criminal y cohecho, pero le absuelven de inducción a la prevaricación, aprovechamiento de información privilegiada y falsedad que ha sido objeto de acusación.
Para el tribunal han quedado probados delitos en la adjudicación de 13 millones de mascarillas por parte de entidades de Transportes como Puertos del Estado y Adif a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama; la remuneración mensual de 10.000 euros para "gastos fijos" de Ábalos, y la contratación de dos mujeres relacionadas con el exministro en empresas públicas, Claudia Montes y Jéssica Rodríguez, a la que la trama pagó el alquiler de un piso.
También ven acreditado el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en Madrid y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción (Cádiz) también con opción de compra por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos.
El tribunal impone a Ábalos 52.500 euros de multa, 45.750 a Koldo y 72.000 a Aldama, a la vez que ordena que el exministro y su exasesor indemnicen a las empresas públicas Ineco y Tragsatec en 34.450 euros y 9.500,54 euros, respectivamente, en concepto de responsabilidad civil, por la contratación a dedo de Rodríguez.
También acuerda decomisar a los tres condenados las ganancias provenientes del delito de cohecho por importe de 430.298 euros: 340.000 euros por los 10.000 mensuales satisfechos por Aldama durante 34 meses, 82.295 euros por la renta del alquiler del piso que disfrutó Rodríguez en la madrileña Plaza de España y 8.000 euros por la renta del chalé de 'Villa Parra' en Marbella (Málaga).
Avisa del "deterioro de la confianza en el sistema político"
El tribunal considera acreditado que los tres "constituyeron una organización, en la que cada uno de ellos asumió un papel diverso y complementario, con un preciso reparto de funciones".
A su juicio, "convinieron" que, aprovechando el cargo que tenía Ábalos tanto en el Gobierno de Pedro Sánchez como de 'número tres' en el PSOE, "podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad", por mercantiles promovidas por Aldama, así como facilitar al empresario "el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas".
Seguidamente indica que tanto Koldo como Aldama consideraban a Ábalos "el jefe", ya que "aportaba la autoridad" que le confería su máxima responsabilidad en Transportes y como secretario de Organización del partido en el Gobierno "su directa influencia cuando era precisa", aprovechándose, en lo demás, de su asesor ministerial y "hombre de confianza, que siempre actuaba en su nombre".
De Aldama señalan que fue la persona que, "en beneficio propio y de terceros, aprovechando su influencia sobre el también acusado Koldo García y sobre el mismo José Luis Ábalos, garantizada mediante el pago continuado de otras cantidades de dinero, consiguió, para sí o para terceros, y con beneficio económico, la adjudicación de contratos", alguno de ellos juzgados en esta causa.
El empresario era el encargado de localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración para, "articulando sus intereses, hacerlos valer con preferencia y de manera arbitraria ante aquella, siempre a cambio de la correspondiente prestación económica, de la que igualmente hacía partícipes a Ábalos y a Koldo", agregan.
Para el Supremo, la organización tenía desde su origen "vocación de permanencia en el tiempo" y ello lo evidencia "el hecho de que estuvo operando durante varios años y proyectando su actuación delictiva en distintas esferas, que solo comenzó a debilitarse tras la simultánea salida de Ábalos y Koldo" del Ministerio de Transportes, aunque continuó --añaden-- tras el cese como ministro.
Y expresan que los tres eran apoyados por otras autoridades y funcionarios de Transportes, así como por distintas personas del entorno empresarial de Aldama y por familiares de Koldo, no juzgados en esta causa pero a los que investiga la Audiencia Nacional.
Los magistrados refieren que, con la finalidad de cohesionar el grupo, los condenados "convinieron una remuneración mensual, para atender los gastos fijos de Ábalos, al que se sumarían otras cantidades".
Para ello, se fijó que la entrega sería mensual y por importe de 10.000 euros, que Aldama se comprometió a entregar a Ábalos y Koldo, y se entregó desde octubre de 2019 hasta el mes de junio de 2022; primero a Koldo y luego a su hermano Joseba García, que en octubre y noviembre de 2021 llegó a recogerlos en República Dominicana.
El Supremo subraya que el "efecto más grave" de las conductas castigadas "es el deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político, al quebrar la expectativa de que el poder democrático se ejerce en beneficio del conjunto de la ciudadanía".
"Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados, o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional, que compromete la estabilidad del propio sistema", advierte.
En cuanto al cumplimiento efectivo de las condenas de cárcel, los magistrados fijan la de Ábalos en 16 años y en 15 la Koldo. Respecto a Aldama, le aplican la atenuante analógica de colaboración muy cualificada y suspende la ejecución de su pena por su "aportación realizada al descubrimiento de los delitos", aunque lo condiciona a que no vuelva a delinquir, haga un año de trabajos en beneficio de la comunidad y presente un informe semestral de actividades.
La Fiscalía Anticorrupción pedía penas de 24 años de prisión para el exministro, 19 y medio para su exasesor y 7 para Aldama. Por su parte, las acusaciones populares que encabezó el PP reclamaban 30 años para el exministro y su exasesor, que se encuentran en prisión provisional desde el pasado noviembre, mientras que para el empresario solicitaban cinco años.
Durante el juicio, tanto Ábalos como su exasesor se declararon inocentes de los hechos que se les acusaba y pidieron su absolución, mientras que Aldama reconoció haber participado en los tres delitos de los que le acusaba Anticorrupción: cohecho pasivo, organización criminal y aprovechamiento de información privilegiada.