ELDA.- El procedimiento judicial que afecta a Finetwork mantiene abiertas varias líneas de investigación. Pese a que este martes trascendió que el Tribunal de Instancia de Elda no había estimado las medidas cautelares solicitadas por la empresa Wevi, matriz de Finetwork y propiedad del empresario eldense Pascual Pérez, en ese mismo auto, el juez aprecia indicios de la posible comisión de varios delitos, aunque ha rechazado, por el momento, la medida cautelar solicitada por los querellantes para asegurar determinadas responsabilidades económicas.
El auto, dictado el pasado 28 de julio de 2026 por el juez Francisco José Cabrera Montesinos, corresponde a las diligencias abiertas por un posible delito de administración desleal. En la causa figuran como querellados José Miguel García Fernández, Vodafone España S.A.U. y Vodafone Ono S.A.U. La resolución señala expresamente que, aunque el procedimiento se encuentra todavía en una fase temprana, “se ponen de manifiesto indicios de la posible comisión” de delitos de administración desleal, insolvencia punible, estafa procesal y/o delitos societarios. Ahora, a esa querella, se suma la presentada en Alicante, que deberá unirse, como resolvió el Tribunal de Instancia de Alicante.
El juez considera prematuro el embargo
La decisión judicial del titular de Elda no supone el archivo de la causa ni descarta los hechos denunciados. El motivo por el que se rechaza la medida cautelar es otro: el juzgado considera que todavía no se dan las condiciones necesarias para acordarla.
Según recoge el auto, hasta ese momento únicamente se había procedido a admitir la querella, mientras que permanecían pendientes de determinar y practicar las diligencias de investigación necesarias para avanzar en la instrucción. Por ello, el juez considera que en este momento procesal no se cumplen los requisitos exigidos para adoptar la medida solicitada.
Los querellantes habían solicitado como medida cautelar la consignación de una cantidad de dinero o, subsidiariamente, el embargo. El juzgado recuerda que la legislación permite adoptar medidas cautelares para asegurar las responsabilidades pecuniarias derivadas de un procedimiento penal, pero considera que en este caso todavía no procede hacerlo.
La investigación continúa
El auto deja expresamente abierta la posibilidad de que la situación cambie a medida que avance la instrucción. El juez señala que la denegación de la medida cautelar se produce “sin perjuicio de lo que finalmente pueda resultar en el procedimiento y los responsables que pudieran resultar”.
En su parte dispositiva, el magistrado acuerda que “no ha lugar” a la medida solicitada por los querellantes, pero no adopta ninguna decisión de archivo sobre las diligencias previas. La resolución también establece que deberá ponerse en conocimiento del Ministerio Fiscal y notificarse a las partes personadas.
En definitiva, el auto deja dos mensajes diferentes: el juzgado no considera suficientemente madura la investigación para ordenar ahora un embargo, pero sí afirma que existen indicios de posibles conductas delictivas que deben seguir siendo investigadas.