ALICANTE. El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Alicante avala el desarrollo del concurso de mascletàs en la Plaza de Luceros a partir del día 18 de junio en circunstancias de normalidad. Su titular ha decidido desestimar este mismo viernes la solicitud de suspensión de los disparos presentada como medida cautelar por la Plataforma Salvem el Nostre Patrimoni en el contencioso interpuesto frente a la aprobación de las bases del certamen pirotécnico al entender que no concurren las circunstancias requeridas para acordar esa medida preventiva.
En concreto, el auto (que se ha dictado justo el mismo día en el que el Ayuntamiento de Alicante ha registrado su escrito de oposición a la medida cautelar) resuelve que "no procede acceder a la adopción de la medida cautelar interesada, al no justificarse por la parte actora [Salvem el Nostre Patrimoni] en qué punto se vería comprometida la garantía de la efectividad de la sentencia o en qué medida se podría producir la pérdida de la finalidad legítima del recurso en caso de no ser adoptada la medida cautelar solicitada".
El juez llega a esa conclusión, sin prejuzgar el fondo del asunto, tras compartir varios de los argumentos expuestos por los servicios jurídicos municipales en su escrito de oposición a la suspensión de las mascletàs. Entre otros, que no ha quedado acreditado que se vaya a incumplir las disposiciones de la ordenanza reguladora de disparo de fuegos de artificios en lo que concierne a la prohibición de su desarrollo en entornos de bienes protegidos, puesto que la propia normativa contempla excepciones; y que no se habría demostrado la posibilidad de que se produzcan daños de imposible o difícil reparación, en el caso de que el concurso pirotécnico se desarrolle con normalidad.
Pero, además, también apunta a la generación de posibles perjuicios sobre el interés general en el supuesto de que se acordase la suspensión solicitada, en alusión al impacto económico y a las dificultades en la organización de las fiestas también señaladas por los servicios jurídicos municipales.