VALÈNCIA. El curso escolar que arranca este septiembre viene cargado de novedades para la enseñanza pública valenciana. Aunque la Conselleria de Educación y los sindicatos todavía no han alcanzado acuerdos sobre la mayoría de los aspectos negociados durante la huelga previa al verano, lo cierto es que con el inicio del curso empiezan a aplicarse nuevas reglas en materia de burocracia, retribuciones docentes o inversiones en infraestructuras.
Uno de los puntos que suscita mayor interés es, precisamente, los cambios en materia salarial. Los sindicatos Anpe y CSIF, que solo aglutinan un tercio de la representación sindical, firmaron a finales de mayo un acuerdo con el departamento que encabeza Carmen Ortí para la subida gradual de los salarios docentes hasta enero de 2028 por un importe total de 200 euros brutos mensuales. El pacto incorpora otro elemento destacado: el reconocimiento de seis días de libre disposición — conocidos como moscosos, por el apellido del ministro que los creó en 1983 — por cada curso, de los cuales tres serán en jornadas lectivas y los otros tres en no lectivas.
En este sentido, la Generalitat Valenciana ha publicado esta misma semana la instrucción que regula este mecanismo, que permite a los docentes de la enseñanza pública valenciana disponer desde este mismo curso de seis días libres al año sin ver reducido su salario. El documento, firmado por el director general de Personal Docente, Pablo Ortega, reconoce el derecho a seis días moscosos entre el 1 de septiembre y el 31 de julio de cada curso escolar, sin posibilidad de acumular los días no disfrutados para el siguiente ejercicio académico.
La instrucción establece ciertos límites a la hora de poder seleccionar las fechas en las que disfrutar de esta nueva medida. Entre ellos destaca que el profesorado no podrá coger varios días moscosos consecutivos durante el periodo lectivo. El documento, además, puntualiza que el viernes de la semana anterior y el lunes de la posterior se consideran días lectivos consecutivos. Una serie de matizaciones que, en la práctica, impiden utilizar estos permisos para alargar el fin de semana con más de un día extra de descanso.
El texto, además, establece que la Administración educativa no concederá este tipo de libranzas durante los siete primeros y los siete últimos días lectivos del curso escolar. Tampoco se podrán disponer de los mismos en períodos de evaluaciones, ni entre los periodos de evaluación ordinaria y extraordinaria de final de curso.
La instrucción también acota el calendario a los parones festivos marcados en el calendario escolar. Así pues, el profesorado no podrá disfrutar de estos descansos durante los siete días lectivos anteriores o posteriores de las vacaciones de Navidad y Pascua. Estos profesionales también deberán tener en cuenta cuáles son las festividades en su centro, pues la instrucción tampoco permite acogerse a días moscosos durante los siete días lectivos anteriores o posteriores a las Fallas, Magdalena o Sant Joan, según el calendario de cada municipio.
Tope diario, en función de la plantilla del centro
La normativa señala que el docente deberá dejar hecho un plan de actividades para su alumnado durante el día de libranza. También fija un límite de profesores con día moscoso en función del tamaño de la plantilla de cada centro educativo. En este sentido, los centros podrán 'perder' uno de cada veinte docentes, hasta un tope de 11 libranzas simultáneas en los centros de mayor tamaño. La distribución según el volumen de la plantilla queda de la siguiente manera:
En los centros con diferentes turnos horarios, la cantidad se repartirá de forma proporcional entre los mismos. Además, cada centro establecerá criterios para la concesión de las libranzas, priorizando en cada momento a aquellos docentes que no hayan disfrutado de ningún día de libre disposición hasta la fecha.
Los interinos, por su parte, dispondrán de días moscosos en función de su estancia en el centro educativo. En los supuestos en los que cesen de un puesto y sean nombrados en otro durante el mismo curso escolar, podrán disponer de los días que no habían sido disfrutados durante el periodo anterior.
Así se tendrán que solicitar los días moscosos
El disfrute de un día de libre disposición precisa de un trámite previo, también regulado en la citada instrucción. En esta línea, el profesorado deberá presentar una solicitud al centro, que deberá ser resuelta por el director o directora del mismo. En el caso de que sea un director de centro el que desee disponer de un día moscoso, la solicitud se presentará ante la dirección territorial correspondiente, cuyo titular se encargará de la resolución.
El trámite podrá realizarse con una antelación de entre una semana y un mes antes de la jornada que se desee librar. Si una petición es denegada, el director deberá motivar su decisión. El silencio administrativo será negativo.
Subida salarial en octubre o noviembre, con efectos desde septiembre
Respecto a la subida salarial, cabe mencionar que el documento firmado por el departamento de Ortí y los sindicatos Anpe y CSIF recoge un incremento de 200 euros brutos mensuales por docente que se aplicará en tres tandas: 75 euros este septiembre, 75 euros en enero de 2027 y 50 euros en enero de 2028. Según el sindicato mayoritario en la enseñanza pública valenciana, STEPV, la Conselleria de Educación trasladó este miércoles en mesa de negociación que esta primera subida no se empezará a abonar hasta las nóminas de octubre o noviembre, aunque con efectos retroactivos desde septiembre.