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Un juzgado de Alicante reconoce el derecho de un pensionista a percibir el complemento por maternidad del 15%

Recibirá 24.477€ tras el reconocimiento del complemento por maternidad y una indemnización

ALICANTE. El Juzgado de lo Social número uno de Alicante ha dictado una sentencia en la que se reconoce el derecho de un pensionista a percibir el complemento por maternidad del 15% en su pensión de jubilación, así como una indemnización de 1.800 euros por el perjuicio sufrido debido a la denegación inicial del complemento. Como resultado de esta resolución, el beneficiario percibirá un total de 24.477,68 euros, que incluyen 22.677,68 euros en atrasos y la indemnización correspondiente.

La defensa del caso ha sido dirigida por la letrada Cristina García, directora de Unive Abogados Alicante, quien ha destacado la importancia de esta sentencia en la consolidación de los derechos de los pensionistas varones.

El pensionista beneficiario de esta resolución verá incrementada su pensión en un 15%, dado que es padre de cuatro hijos. Además, la sentencia establece la retroactividad total de los efectos económicos desde el 25 de junio de 2016, garantizando la restitución íntegra de lo que el afectado debería haber percibido desde entonces.

El fallo judicial no solo reconoce el derecho al complemento, sino que también condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al pago de una indemnización de 1.800 euros, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo en su sentencia del 15 de noviembre de 2023 y la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 14 de septiembre de 2023. La sentencia destaca que la denegación del complemento, pese a tener derecho a él, constituye una discriminación en todo caso, y que la indemnización es necesaria para compensar los perjuicios sufridos por el pensionista al verse obligado a recurrir a la vía judicial.

La abogada Cristina García, responsable del caso, ha valorado positivamente esta resolución: "Este fallo refuerza la protección de los derechos de los pensionistas varones y confirma que aquellos que han sufrido una denegación injustificada pueden no solo recuperar lo que les corresponde, sino también ser compensados por los perjuicios sufridos".

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