El Consell propone extender a hoteles y colegios las reglas de seguridad de los hinchables

Comunitat Valenciana

El certificado técnico, que hasta ahora se exigía incluso para un solo hinchable, pasará a ser obligatorio a partir de tres

Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

VALÈNCIA. El Consell propone extender a los alojamientos turísticos y a las actividades escolares, educativas y formativas la regulación específica de los juegos hinchables. El proyecto de decreto, que modifica el reglamento autonómico de espectáculos públicos y que salía a información pública este jueves, introduce a la vez un cambio para los montajes que ya estaban sujetos a esa regulación y que relaja la normativa. La obligación de presentar un certificado técnico de montaje pasa de uno a tres hinchables. Para las instalaciones de uno o dos, será el propio instalador quien revise el montaje y presente una declaración responsable antes de que empiece la actividad.

La regulación aprobada en julio, a través de la Ley 5/2026, dejaba fuera de este régimen a los alojamientos turísticos que reservaban los hinchables para sus clientes y a las actividades escolares o formativas, aunque remitía a las condiciones de seguridad que les fueran aplicables. El borrador incorpora estos montajes al reglamento y les exige expresamente cumplir la norma técnica UNE-EN 14960, que establece requisitos como el anclaje de las estructuras y las distancias de seguridad. Los montajes en recintos o domicilios privados para celebraciones cerradas al público seguirán excluidos de este régimen específico y sujetos a las condiciones de seguridad que correspondan.

El certificado técnico se exigirá a partir de tres hinchables

En los montajes que ya estaban regulados, la norma de julio exigía dos documentos incluso cuando se instalaba un solo hinchable. El promotor o el instalador debía presentar una declaración responsable y, una vez terminado el montaje, aportar un certificado firmado por un técnico competente. Con la reforma, si se montan uno o dos hinchables, bastará con la declaración responsable. El instalador deberá presentarla tras el montaje y antes del inicio de la actividad. En ella declarará que ha revisado todos los elementos de la instalación, que cuenta con formación, documentación técnica y un seguro de responsabilidad civil en vigor, y que respetará las instrucciones de evacuación y aviso en caso de meteorología adversa.

Cuando se instalen tres o más hinchables, el borrador exige un certificado final de montaje firmado por un técnico competente. El proyecto también establece que el promotor o el instalador deberá solicitar permiso para ocupar el espacio. El preámbulo justifica la reforma en términos generales de proporcionalidad y de adaptación de los trámites a la actividad, aunque no detalla por qué fija el umbral en tres hinchables.

Personal cualificado durante el uso

La vigilancia durante el uso se regula por separado del certificado de montaje. La empresa titular deberá garantizar la supervisión durante toda la actividad, también cuando se instale un solo hinchable. La presencia de personal cualificado será exigible una vez que se organicen e impartan los cursos previstos en el decreto y, en todo caso, a partir del 1 de enero de 2028.

El proyecto establece dos itinerarios formativos con prácticas obligatorias. El del personal instalador durará 20 horas e incluirá cuestiones como la elección del emplazamiento, el montaje y el anclaje. El del personal operador, encargado de vigilar el juego mientras se utiliza, durará ocho horas y abordará el control de accesos y aforo, la actuación ante incidencias y la evacuación. La Generalitat acreditará a quienes superen la evaluación.

Recibe toda la actualidad
Alicante Plaza

Recibe toda la actualidad de Alicante Plaza en tu correo