ALICANTE (EFE). La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto al alcalde de Agres, Josep Manel Francés, de Junts per Agres-Compromís, de los delitos de prevaricación administrativa y malversación por haber cobrado un sueldo público en régimen de dedicación parcial entre septiembre de 2020 y enero del siguiente año al considerar la limitación de un año un "acuerdo político".
La Fiscalía de Alicante había pedido tres años de cárcel y doce de inhabilitación a Francés por, supuestamente, haber cobrado de forma indebida el salario público que recibió esos cinco meses, un montante que ascendía a 4.054 euros hasta que una moción de censura del PP y un edil no adscrito le apeó del cargo. El fiscal sostuvo que Francés recibió ese sueldo "aún a sabiendas de que no le correspondía" puesto que, en agosto de 2020, había vencido el plazo de un año que se había fijado tras la constitución de la corporación, en 2019, como duración de esa remuneración. Además, en las nóminas constaba el informe de reparo de la funcionaria que ejercía como secretaria interventora municipal.
Tal y como se ha recogido en la sentencia a la que ha accedido Efe, los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia han considerado que no existe obligación legal para que el acusado "dejara de percibir la cantidad asignada en el acuerdo del pleno del Ayuntamiento" del 12 de agosto de 2019, ni siquiera que estuviera obligado a convocar un pleno, ordinario o extraordinario, para tratar el asunto. "El hecho de que no se encuentre contemplado legalmente esta posible restricción temporal, no significa que no pueda establecerse", han explicado en la sentencia, aunque esta posibilidad "no devendría de un mandato legal, sino de un acuerdo entre los diversos partidos políticos que formarían el órgano de gobierno de la corporación", o lo que es lo mismo "un acuerdo político".
"Estamos ante un acuerdo político cuya validez dependía, única y exclusivamente, de los pactos e intereses que los partidos políticos de Agres tuvieran en cada momento", han razonado, a lo que han añadido que "el posible incumplimiento de estos acuerdos podría tener repercusión en el ámbito político con la presentación de una moción de censura, tal como se hizo en el mes de enero de 2021, o en unas futuras elecciones locales, pero en todo caso esta repercusión cae fuera del ámbito penal".
Por todo ello, los magistrados han concluido que "no se puede imputar al acusado el haber dictado una resolución arbitraria, ni haber omitido una actuación a cuyo cumplimiento estuviera obligado" y que tampoco "se le puede atribuir una desviación de poder", ya que "no consta el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico.
Han considerado que tampoco hay malversación de caudales públicos dado que "el acusado intentó que se prorrogara el pago por dedicación parcial, presentando para ello unos presupuestos que no fueron aprobados y que fueron el detonante de la presentación de una moción de confianza que perdió, y que dio lugar a una posterior moción de censura". Por todo ello, la actitud de Francés la han tildado de "correcta". La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación en el término de diez días ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.