L'Alacantí

Vecinos de Sant Joan podrían reclamar 5 millones al Ayuntamiento ante el riesgo de colapso de viviendas por el autobús

La Asociación de Vecinos inicia el blindaje legal de todo el barrio y contrata un perito privado.

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SANT JOAN D'ALACANT. Vecinos del casco histórico de Sant Joan d'Alacant han contratado a un perito judicial especializado para auditar, una por una, las viviendas afectadas por el paso de las líneas interurbanas de autobús. En concreto, la Asociación de Vecinos de las calles San José, residentes de la calle Mayor y algunas viviendas de la calle Cervantes.

El colectivo vecinal ha decidido coordinar un frente común de "responsabilidad patrimonial", según han manifestado, "tras años de inactividad por parte de la Administración". Los primeros análisis periciales estiman que la reclamación patrimonial conjunta puede llegar a ser millonaria, situándose hasta en 5 millones de euros si se confirma la afectación de casi 150 viviendas de las calles San José y Mayor, con posibilidad de afección también a la calle Cervantes, cada una en distinto grado de gravedad.

Una patología estructural generalizada

El peritaje colectivo servirá para cuantificar económicamente los daños sufridos en una trama urbana histórica "que nunca estuvo diseñada para soportar el tránsito de autobuses de alta frecuencia". Según explican desde la asociación, las inspecciones técnicas preliminares apuntan a un patrón similar de daños en distintos inmuebles del vecindario:

  • Grietas estructurales vivas: fisuras de progresión diagonal en muros de carga tradicionales que, según los vecinos y el informe de la arquitecta municipal, son consecuencia del paso del tráfico pesado.

  • Desprendimientos en fachadas: caída de revestimientos tanto en el exterior como en el interior de las viviendas.

  • Colapso por años de abandono institucional: desprendimientos y caídas de partes estructurales de las viviendas, con el consiguiente riesgo para las personas que habitan en ellas.

“No estamos ante un problema estético ni de una sola vivienda aislada. Es una patología que debe investigarse en todo el barrio. El Ayuntamiento sabe, por sus propios informes, que los autobuses generan vibraciones que se transmiten a las cimentaciones. Si el consistorio mantiene el recorrido pese a esos antecedentes, deberá explicar por qué no adopta una alternativa menos lesiva”, han declarado los vecinos.

Los días de lluvia agravan el problema

Los vecinos advierten de que la situación se agrava de forma notable en los días de lluvia. La calle carece de alcantarillado suficiente, presenta una fuerte pendiente desde Mutxamel y soporta un tráfico muy intenso, unido a la "altísima" velocidad de los vehículos y a la proximidad inmediata entre la calzada y las viviendas.

Todo ello provoca que, en episodios de lluvia, el agua entre en los inmuebles y aumente el deterioro de las cimentaciones y de otros elementos estructurales. La asociación considera que esta circunstancia refuerza la urgencia de adoptar medidas correctoras inmediatas y de replantear por completo el recorrido del transporte público por este entorno.

Un entorno histórico protegido

La Asociación de Vecinos recuerda que se trata de una de las calles más antiguas de Sant Joan d’Alacant y que forma parte del patrimonio histórico valenciano protegido. Por ello, considera "especialmente grave" que se mantenga una circulación incompatible con la conservación del entorno y con la seguridad de sus residentes.

A su juicio, "la protección patrimonial no puede limitarse a la catalogación formal del casco histórico, sino que debe traducirse en decisiones reales de movilidad, mantenimiento urbano y prevención de daños estructurales".

La prueba está en los expedientes municipales

Los vecinos recuerdan que la relación entre el tráfico pesado y las afecciones a las viviendas ya fue identificada por los propios servicios técnicos municipales. La asociación incorporará a sus actuaciones el informe oficial firmado por la arquitecta municipal el 30 de noviembre de 2017, documento que reconoce que el autobús y los vehículos pesados generan vibraciones que se transmiten a las cimentaciones de las viviendas, provocando microfisuras y desprendimientos.

A este antecedente se suma el expediente de la Concejalía de Movilidad de febrero de 2025, donde el Ayuntamiento reconocía formalmente ante la Generalitat la sobreexposición de las viviendas al ruido y vibraciones y trasladaba la necesidad de un desvío permanente de las líneas afectadas.

Calendario de movilizaciones e inspecciones

Aprovechando que la Generalitat Valenciana mantiene abierta la licitación del nuevo mapa de transportes, la concesión CV-207 Alacant Metropolità Nord, los vecinos presentarán una macroalegación colectiva complementada con los informes de daños que vaya emitiendo el perito contratado.

La asociación ha realizado un llamamiento a todos los propietarios de las calles Mayor, San José, Quijote y adyacentes que aún no hayan registrado formalmente sus desperfectos para que se unan a la auditoría técnica y queden cubiertos por la reclamación económica general antes de que los daños sean irreparables.

Recuerdan además que solo en este año, dos viviendas han tenido que ser apuntaladas, una ha sido derruida y en dos ocasiones han caído cascotes a la vía pública, en una acera de apenas 1,5 metros de anchura, con el consiguiente peligro para las personas.

La asociación subraya que la futura reclamación no se plantea como una suma de desperfectos aislados, sino como una posible afección continuada derivada de una actividad pública persistente: el mantenimiento de líneas de autobús y tráfico pesado en calles históricas vulnerables.

Desde el punto de vista jurídico, el artículo 32 de la Ley 40/2015 reconoce el derecho de los particulares a ser indemnizados por las administraciones cuando sufran una lesión en sus bienes o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo fuerza mayor o daños que exista deber jurídico de soportar. La misma norma exige que el daño sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

Por su parte, el artículo 67.1 de la Ley 39/2015 establece que el derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho que motive la indemnización o desde que se manifieste su efecto lesivo; la solicitud debe especificar las lesiones, la relación de causalidad con el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica si es posible y el momento de producción del daño.

La asociación considera que, en este caso, el plazo de prescripción debe analizarse conforme a la doctrina del daño continuado y de la denominada actio natamientras la causa persista y los daños sigan produciéndose o agravándose, el cómputo del plazo no puede tratarse como si se tratara de un daño único, cerrado y definitivamente estabilizado.

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