L'Alacantí

El ROM de El Campello: alegaciones por resolver, pero caen los rumores de empezar de nuevo

Fuentes cercanas al Ayuntamiento declaran que se podría desechar el ROM en tramitación y empezar uno nuevo. Pero el Gobierno asegura que "de nuevo no se empieza".

  • Fachada del ayuntamiento de El Campello
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EL CAMPELLO. El Reglamento Orgánico Municipal (ROM) es un documento que El Campello todavía no tiene. La realidad es que el Ayuntamiento está elaborándolo, hasta el punto en que ya lo mantuvo en exposición pública. Un periodo en el que grupos municipales de la oposición y asociaciones vecinales enviaron alegaciones, las cuales todavía no se han resuelto.

El Ayuntamiento de El Campello aprobó inicialmente el que será el ROM el pasado mayo. Así, el plazo de alegaciones finalizó ya hace varios meses, por lo que el retraso ante su resolución es notable. Quienes firman las propuestas para complementar el texto son PSOE, Compromís, Esquerra Unida - Unides Podem y la Asociación Vecinal Campellera (AVC).

En medio de esta situación, fuentes cercanas al Consistorio han indicado que se podría desechar este reglamento que ya está en tramitación y empezar uno nuevo. Pero fuentes del Gobierno municipal han desmentido esto a Alicante Plaza y han asegurado que "de nuevo no se empieza".

Según estas últimas fuentes, se ha trabajado sobre la base que se tenía, cotejando con otros, y esta "casi listo" para presentar a los grupos políticos. Aunque no se sabe una fecha concreta, han afirmado que el documento está "muy avanzado".

Petición de hace años

La necesidad de contar con un ROM se remonta a años atrás. De hecho, la oposición estuvo exigiendo en la legislatura anterior (2019-2023) que se impulsara, incluso aprobando una moción de Vox para tal fin. Pero ya hay constancia de que en 2005 ya se hablaba de regular los sueldos en un futuro ROM.

Es más, la Ley establece como obligatorio que los ayuntamientos que superen los 20.000 habitantes cuenten con un ROM en el que se regule la organización y funcionamiento del municipio. Se trata del artículo 28 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunidad Valenciana.

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