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medida justificada en la cancelación de espectáculos

Alicante congela el plazo de explotación de la plaza de toros ante el bloqueo de las corridas por la covid

2/12/2020 - 

ALICANTE. La pandemia del coronavirus deja otro efecto imprevisto en los contratos de concesión que dependen del Ayuntamiento de Alicante: el que atañe a la explotación de la Plaza de Toros. El equipo de Gobierno, un bipartito en situación de minoría compuesto por PP y Cs, acordó este martes, en Junta Local, la suspensión del contrato de gestión del coso, adjudicado a la empresa Eventos Mare Nostrum, como medida de compensación ante la imposibilidad de celebrar festejos taurinos o eventos musicales, como consecuencia de la aplicación de restricciones de aforo y de medidas anticovid.

El acuerdo de adjudicación sobre la explotación de la plaza, de titularidad municipal, se aprobó el pasado 26 de febrero por un periodo de duración de 4 años, con posibilidad de prórroga por un año adicional. No obstante, desde entonces, la empresa concesionaria no ha podido desarrollar prácticamente ninguna de las actividades que tenía programadas y que había incluido en su oferta, al presentarse al concurso municipal. Así lo expusieron los representantes de Eventos Mare Nostrum en un escrito dirigido al ayuntamiento el pasado mes de agosto. 

Entre otros eventos, los protocolos sanitarios establecidos para evitar la propagación del coronavirus han impedido el desarrollo de la feria taurina de Hogueras (de hecho, la propia celebración de las fiestas quedó cancelada el pasado mayo), al igual que los conciertos previstos para los meses de verano. Entre ellos figuraba las actuaciones de Estopa, Julio Iglesias o David Bisbal. Todo como consecuencia de la aplicación de las medidas de prevención acordadas por el Consell el pasado junio, en las que se limitaba el uso de instalaciones taurinas al aire libre a aforos que no superasen los 800 asistentes.

Así, PP y Cs acordaron este martes la suspensión del contrato de explotación desde la declaración del estado de alarma, el pasado 14 de marzo, "hasta que desaparezcan las circunstancias que impidan su ejecución" al considerar que el concesionario de la plaza no ha podido ejecutar la primera anualidad del contrato. De este modo, el plazo en el que se mantenga vigente la suspensión no computará en el periodo de 4 años de duración establecido en el acuerdo de concesión. El alcance del acuerdo se extenderá, además, a la ejecución de la parte económica del contrato de explotación, por lo que respecta al canon comprometido por la empresa concesionaria. Es decir, que no se exigirá la parte proporcional de ese ingreso que no haya podido generarse como consecuencia del cierre de la plaza.

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