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Un juzgado de València ratifica las medidas de Sanidad ante la evolución de la pandemia

Foto: EP
20/08/2020 - 

VALÈNCIA (EP). El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de València ha ratificado las medidas adicionales adoptadas por la Conselleria de Sanidad en una resolución del 17 de agosto, como consecuencia de la evolución de la pandemia de covid-19, la considerar esta instancia judicial que persiguen "un fin constitucionalmente legítimo" como es "la defensa de la salud pública, la integridad física y la salud de la población en general".

Así lo ha indicado la Conselleria de Sanidad en un comunicado en el que da cuenta de la decisión del Juzgado. Fuentes de este departamento han explicado a Europa Press que, en la resolución del 17 de agosto, firmada por la consellera Ana Barceló, sobre la adopción de las medidas establecidas en el acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud, se establecía en uno de sus puntos que se daba traslado a la Abogacía General de la Generalitat para que solicitara la ratificación judicial prevista en la ley.

Ahora, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 ha ratificado la resolución por la que se acordaban medidas adicionales para toda la Comunitat Valenciana durante 21 días naturales, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria por la covid-19 y del aumento de los contagios.

Según Sanidad, en el auto se especifica que la ampliación de restricciones cuya ratificación se solicita por la Conselleria de Sanidad persigue "un fin constitucionalmente legítimo"; que su adopción se encuentra amparada por una norma con rango legal; y que existe "proporcionalidad" de la medida de manera que es "idónea y necesaria" a los fines constitucionalmente legítimos que se pretenden.

En este contexto, el juzgado entiende que "visto el alto nivel de contagios existente", de acuerdo con los informes que acompañan a la solicitud, así como el incremento de casos y la "consabida rapidez de la propagación por el contagio que de por sí tiene la enfermedad del coronavirus, se considera prudente ratificar las medidas preventivas acordadas por la autoridad sanitaria con suficiente amparo legal y dirigidas a un fin constitucionalmente legítimo, que es la defensa de la salud pública, la integridad física y la salud de la población en general".

El auto añade el respeto al principio de proporcionalidad "que resulta de la doctrina del Tribunal Constitucional, siendo adecuadas al objeto pretendido y no constando la posibilidad de unas medidas menos gravosas o lesivas para la consecución del objetivo propuesto".

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