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El Gobierno central discrepa del Consell en doce artículos del decreto ley de energías renovables

23/12/2020 - 

VALÈNCIA (EFE). El Gobierno central ha mostrado sus discrepancias sobre doce artículos y una disposición transitoria del decreto ley del Consell sobre energías renovables, por lo que se han iniciado negociaciones en el seno de la comisión bilateral entre ambas Administraciones para intentar resolverlas.

El decreto ley con medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica fue elaborado conjuntamente por las Consellerias de Economía, Medio Ambiente y Política Territorial y entró en vigor a finales de agosto.

Se ha acordado designar un grupo de trabajo que proponga a la comisión bilateral de cooperación entre la Administración General del Estado y la Generalitat una solución para evitar que se presente recurso de inconstitucionalidad contra el decreto ley, según publica este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat.

Las discrepancias del Gobierno se refieren a los artículos 4 (sobre coordinación de autorizaciones en industria y energía), dos apartados del 5 (sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica y transmisión de instalaciones), dos apartados del 6 (sobre el plan eólico) y el artículo 11 (sobre criterios para implantación de centrales fotovoltaicas).

El Gobierno tampoco comparte la redacción de los artículos 12 (sobre criterios de localización e implantación de parques eólicos ), 22 (subsanación de la solicitud y admisión a trámite), 27 (declaración de utilidad pública, expropiación y servidumbre) y una apartado del 30.2 (sobre obligaciones de la resolución de procedimiento integrado).

Las otras discrepancias son sobre los artículos 37 (garantía económica de desmantelamiento y restauración del entorno), 38 (canon por uso y aprovechamiento del suelo no urbanizable con destino municipal), 40 (Información y publicidad sobre la capacidad de las redes distribución de energía eléctrica radicadas en la Comunitat ).

Tampoco comparte la redacción del artículo 41 ( Información y publicidad sobre los procedimientos de acceso a las redes de distribución de energía eléctrica de las instalaciones de producción de energía eléctrica ) y dos apartados de la disposición transitoria segunda (sobre las obligaciones establecidas de mejora y publicidad de la información relativa a las redes distribución de energía eléctrica radicadas en la Comunitat). 

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