VALÈNCIA (EFE). La Generalitat trabaja en un nuevo decreto de Educación de Personas Adultas en el que la educación básica dirigida a personas mayores de edad se dividirá en una Formación Inicial para Personas Adultas (FIPA), equivalente a la Primaria, y una Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA), equivalente a la ESO.
Asimismo, incluirá tres modalidades de enseñanza: presencial, semipresencial y a distancia, según el nuevo modelo que la Conselleria de Educación ha trasladado a los sindicatos en la mesa sectorial de este martes.
En él se accederá, según informa la Generalitat, a un determinado módulo o nivel según los estudios previos y la valoración inicial que realice el centro a partir de una prueba específica.
La formación inicial se impartirá exclusivamente de forma presencial en los centros de Formación para Adultos, mientras que la Educación Secundaria para Personas Adultas se podrá impartir de forma presencial o semipresencial, y la modalidad a distancia se impartirá a través del Centro Específico de Educación a Distancia (CEED), o sus centros asociados.
La formación inicial tendrá dos niveles de un curso académico de duración cada uno. En ellos se impartirán tres áreas: comunicativa, matemática y digital. Cada curso tendrá diez horas lectivas semanales, de las cuales una será de tutoría y orientación.
Asimismo, la educación secundaria para personas adultas también tendrá dos niveles, de un curso académico de duración cada uno. Cada nivel se estructurará en dos módulos cuatrimestrales.
Así, en total habrá cuatro módulos a cursar en dos años, de forma que cada módulo tendrá correspondencia con un curso de ESO. El nivel I tendrá 12 horas lectivas semanales y el nivel II tendrá 14. De ellas, se dedicará una hora semanal a tutoría y orientación.
En cada módulo se estudiarán los tres ámbitos indicados en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo: ámbito de comunicación (Lengua Castellana y Literatura; Lengua Cooficial y Literatura y Lengua Extranjera), ámbito social (Geografía e Historia y Educación en Valores Cívicos y Éticos) y ámbito científico-tecnológico (Física y Química, Biología y Geología, Matemáticas y Tecnología y Digitalización).
Con la estructura modular se permitirá una mayor flexibilidad y se equiparará la organización con la existente en otras comunidades autónomas para favorecer la movilidad del alumnado entre ellas, según la Generalitat. Además, la estructura de las evaluaciones también se ha ajustado a la estructura cuatrimestral de la ESPA.
En desarrollo de lo indicado en el artículo 16.3 de la Ley 1/2024 de Libertad Educativa, respecto a la posibilidad de certificar el A2 y el B1 de valenciano al alumnado de Educación para personas adultas, se regulan varios siguientes supuestos.
Si se supera el valenciano en la formación inicial se certificará el nivel A1 de valenciano; la superación del valenciano en los módulos I y II de la Educación Secundaria para Personas Adultas supondrá un nivel A2 de valenciano, al igual que superar el valenciano en el módulo III o en el módulo IV; y superar o tener convalidado valenciano en los cuatro módulos de Educación para personas adultas equivaldrá al reconocimiento de un nivel B1 de valenciano.
Otra de las novedades es que los centros públicos de educación de personas adultas podrán realizar pruebas específicas para la evaluación de los niveles B1 y B2 de conocimientos de valenciano, en los términos que establezca la Conselleria competente en materia de política lingüística.
Los cursos de valenciano y castellano como lenguas extranjeras y los cursos que tienen como finalidad la superación de las pruebas para la obtención de la nacionalidad española podrán ser diseñados con una periodicidad cuatrimestral o anual, y adaptados especialmente en los casos de los grupos de aprendizaje con una alta participación de personas migrantes, desplazadas o refugiadas en riesgo de exclusión, para responder así a las necesidades de formación lingüística y sociocultural de esta población.
Las personas que superen estos programas podrán solicitar una certificación acreditativa, añaden desde el Consell.
Cuando sea relativa a cursos de conocimientos de valenciano de los niveles A1 y A2 del MCER, y se haya asistido al 85 % de las actividades lectivas del curso correspondiente, se podrá solicitar la certificación de superación de dichos niveles.
Si la certificación es de un curso de español para extranjeros, se podrá solicitar la certificación del nivel A2 de español como lengua extranjera, siempre que la persona participante haya asistido al 85 % de las actividades lectivas del curso correspondiente.