el proyecto de decreto sale a información pública

Los trabajadores de La Ribera tendrán que solicitar la compatibilidad a Sanidad para ejercer en la privada

11/01/2018 - 

VALÈNCIA. Los trabajadores del departamento de La Ribera tendrán que solicitar la compatibilidad a la Conselleria de Sanidad para ejercer una actividad secundaria, es decir, para trabajar en la empresa privada mientras prestan servicios a la administración. Así consta en el proyecto de Decreto del Consell, por el que se regula los efectos de la extinción del contrato de gestión de servicio público del departamento de salud de La Ribera en materia de personal. 

Este miércoles salía a información pública el proyecto de decreto que regula la reversión en el ámbito laboral, donde se recoge que los trabajadores que pasen de Ribera Salud a la Generalitat tendrán que cumplir lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, donde se establecen las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 

Esto obligará a todos los médicos del Hospital de Alzira que ejercen en sus propias clínicas o en clínicas privadas a solicitar permiso a la Conselleria de Sanidad con el fin de interpretar si menoscaba su actividad en la administración, una decisión que hasta ahora los profesionales del departamento han tomado libremente. Cabe recordar que, aunque se trata de una normativa básica, Carmen Montón prohibió trabajar a los jefes de servicio en la sanidad privada al declararlo incompatible. 

Carmen Montón, consellera de Sanidad.

Como ya es conocido, la Conselleria está obligada a asumir a los 1.900 trabajadores contratados por Ribera Salud por la sucesión de empresas, pero los principios constituciones de igualdad, mérito y capacidad impiden que puedan acceder directamente a la Administración y ser considerados como empleados públicos aunque los puestos creados serán estatutarios.

El personal subrogado mantendrá su relación laboral en la condición de personal a extinguir y desempeñará sus tareas en las mismas condiciones de trabajo que tenían en su contrato, en el Convenio Colectivo y cuando se termine según el Estatuto de los Trabajadores.

Sin embargo, la subragación no afectará a los trabajadores contratados por la concesionaria entre la fecha de entrada en vigor de las normas de reversión -el 1 de abril- y el 31 de marzo de 2018 en el caso de no disponer del preceptivo informe favorable de la Dirección General de Recursos Humanos.

No todo el personal estatutario volverá a su plaza de origen

Por su parte, el personal estatutario que estaba trabajando en la Ribera bajo otro régimen jurídico que no fuera estatutario podrá solicitar la reincorporación al servicio activo con carácter definitivo si no hubieran transcurrido los primeros tres años desde la fecha de declaración. Lo hará en la misma categoría y departamento de salud de origen, o si  no fuera posible, en departamentos limítrofes con éste.

Sin embargo, si ya hubieran transcurrido este plazo, el reingreso al servicio activo tendrá carácter de reingreso con destino provisional en una plaza vacante de la misma categoría y especialidad, pero en cualquier departamento de Salud. De hecho, tendrán que esperar al próximo concurso de traslados para obtener una plaza definitiva. La circunstancia es la misma que si un estatutario con su plaza se hubiera ido a trabajar más de tres años a la sanidad privada. Ahora el decreto está abierto a recibir alegaciones de las diferentes partes interesadas que podrán ser incorporadas a la norma final.

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