para extinción de incendios y emergencias

El Consell licita por 46 millones el contrato de helicópteros que tiene prorrogado Inaer

15/09/2017 - 

VALÈNCIA/ALICANTE. El Consell ha autorizado la suscripción del contrato del servicio de helicópteros de extinción de incendios forestales, de urgencias sanitarias y de coordinación y emergencias, con un precio de licitación que asciende a 46,29 millones (IVA exento) y un valor estimado de 83,32 millones. El objeto de este acuerdo es la contratación de siete helicópteros destinados a la lucha contra incendios forestales; dos helicópteros de urgencias sanitarias y otros dos para coordinación y emergencias para el periodo del 1 de noviembre de 2017 al 31 de octubre de 2021. 

Como ha contado Alicante Plaza, este el contrato que presta en la actualidad la empresa de helicópteros con sede en Alicante Babcock MCS Spain, anteriormente conocida como Inaer (su fundador, Luis Miñano, la vendió al grupo británico Babcock en 2014), en UTE con SAU y Foresma. Aunque el plazo había vencido el pasado mes de febrero, la Agencia de Seguridad y Emergencias amplió este periodo seis meses, hasta octubre, mientras el servicio volvía a salir a licitación.

Según ha precisado el Consell, en la licitación se incluyen todos aquellos aspectos relacionados con la operatividad de las aeronaves y las misiones a las que se les destina, así como de los aspectos complementarios relacionados con su operatividad en las bases aéreas y la adecuación y mantenimiento de las instalaciones de las bases aéreas.

No obstante, las aeronaves y medios contratados podrán ser destinados a cualquier otra misión que le sea encomendada por el organismo contratante, incluyendo tareas relacionadas con actuaciones de protección civil. La prestación del servicio se desarrollará normalmente en todo el ámbito de la Comunitat Valenciana y en los incendios forestales colindantes, en los que sea difícil, a priori, determinar si su origen es la Comunitat.

Excepcionalmente, las aeronaves que prestan el servicio podrán enviarse a actuar fuera de la Comunitat en apoyo a otras comunidades autónomas, cuando así se solicite por las autoridades de Protección Civil, estando obligado el adjudicatario a prestar el servicio sin incremento del coste. Para el caso de traslados sanitarios, la actuación podrá ser en cualquier punto del territorio nacional.

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